CONVENIO 2004 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

CONVENIO CON EL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTÍN

Publicación:

13/04/2004

Sanción:

25/03/2004

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


ANEXO

ANEXO I

Convenio

Entre el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante denominado EL CONSEJO, con domicilio en la Av. Leandro N. Alem 684, de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por su Presidenta, Dra. Bettina Paula Castorino y, el INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTÍN, en lo sucesivo IDAES, representado por su Director, Dr. José Nun, resuelven celebrar el presente acuerdo que se regirá por las cláusulas siguientes:

PRIMERA: El presente acuerdo se inscribe en la voluntad de cooperación de ambas instituciones a los fines de favorecer la capacitación continua de los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

SEGUNDA: Con esta finalidad, se acuerda la implementación de un sistema de descuentos arancelarios para los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, interesados en cursar alguno de los programas de posgrado que se dictan en IDAES.

TERCERA: Los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, serán beneficiados con los siguientes aranceles preferenciales: a) 12% (doce por ciento) en la matrícula y cuotas de aranceles de estudio correspondientes a las Maestrías; b) 10% (diez por ciento) en la matrícula y cuotas de aranceles de estudio de los demás programas de posgrado que se ofrecen en el IDAES. Para acceder a este beneficio, el CONSEJO realizará una selección entre los interesados e informará sobre su resultado al IDAES para que en caso de resultar admitido el postulante, se le otorgue el descuento establecido.

CUARTA: El CONSEJO se compromete a difundir a través de su lista de e-mail, de su página Web de sus boletines informativos y demás medios las noticias, informaciones y avisos que el IDAES le haga llegar periódicamente con relación a las actividades de posgrado alcanzadas por el beneficio establecido en este Convenio.

QUINTA: El presente acuerdo tendrá un (1) año de duración y se renovará en forma automática por períodos similares, de no mediar comunicación fehaciente en sentido contrario cursada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de sesenta (60) días. En tal eventualidad, no se alterarán las becas anuales ya otorgadas. La denuncia no dará derecho a las partes a reclamar indemnización de naturaleza alguna.

SEXTA: Para todos los efectos que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilios en los siguientes lugares: el CONSEJO, en la Av. Leandro N. Alem 684, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el IDAES en Paraná 145, 5° piso B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

SÉPTIMA: A los efectos de determinar y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente Convenio, las partes acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación, que estará integrada por 1 (un) miembro titular y 1 (un) miembro suplente por cada una de ellas.

Por el CONSEJO, será el Dr. Eduardo Molina Quiroga, Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial como miembro titular, y el Dr. Carlos María Parise, Jefe de Departamento de Formación Judicial y Administrativa, como miembro suplente.

Por IDAES será el Dr. Abel María S. González (Secretario Académico), como miembro titular y la Dra. María Estela Álvarez (Secretaria General), como miembro suplente.

OCTAVA: Las partes acuerdan, para el caso de controversia entre ellas, someterse a la jurisdicción del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los …. días del mes de ………… de 2004.


ANEXOS

ANEXO

ANEXO I

Convenio

Entre el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante denominado EL CONSEJO, con domicilio en la Av. Leandro N. Alem 684, de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por su Presidenta, Dra. Bettina Paula Castorino y, el INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTÍN, en lo sucesivo IDAES, representado por su Director, Dr. José Nun, resuelven celebrar el presente acuerdo que se regirá por las cláusulas siguientes:

PRIMERA: El presente acuerdo se inscribe en la voluntad de cooperación de ambas instituciones a los fines de favorecer la capacitación continua de los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

SEGUNDA: Con esta finalidad, se acuerda la implementación de un sistema de descuentos arancelarios para los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, interesados en cursar alguno de los programas de posgrado que se dictan en IDAES.

TERCERA: Los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, serán beneficiados con los siguientes aranceles preferenciales: a) 12% (doce por ciento) en la matrícula y cuotas de aranceles de estudio correspondientes a las Maestrías; b) 10% (diez por ciento) en la matrícula y cuotas de aranceles de estudio de los demás programas de posgrado que se ofrecen en el IDAES. Para acceder a este beneficio, el CONSEJO realizará una selección entre los interesados e informará sobre su resultado al IDAES para que en caso de resultar admitido el postulante, se le otorgue el descuento establecido.

CUARTA: El CONSEJO se compromete a difundir a través de su lista de e-mail, de su página Web de sus boletines informativos y demás medios las noticias, informaciones y avisos que el IDAES le haga llegar periódicamente con relación a las actividades de posgrado alcanzadas por el beneficio establecido en este Convenio.

QUINTA: El presente acuerdo tendrá un (1) año de duración y se renovará en forma automática por períodos similares, de no mediar comunicación fehaciente en sentido contrario cursada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de sesenta (60) días. En tal eventualidad, no se alterarán las becas anuales ya otorgadas. La denuncia no dará derecho a las partes a reclamar indemnización de naturaleza alguna.

SEXTA: Para todos los efectos que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilios en los siguientes lugares: el CONSEJO, en la Av. Leandro N. Alem 684, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el IDAES en Paraná 145, 5° piso B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

SÉPTIMA: A los efectos de determinar y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente Convenio, las partes acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación, que estará integrada por 1 (un) miembro titular y 1 (un) miembro suplente por cada una de ellas.

Por el CONSEJO, será el Dr. Eduardo Molina Quiroga, Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial como miembro titular, y el Dr. Carlos María Parise, Jefe de Departamento de Formación Judicial y Administrativa, como miembro suplente.

Por IDAES será el Dr. Abel María S. González (Secretario Académico), como miembro titular y la Dra. María Estela Álvarez (Secretaria General), como miembro suplente.

OCTAVA: Las partes acuerdan, para el caso de controversia entre ellas, someterse a la jurisdicción del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los …. días del mes de ………… de 2004.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICADA POR
(aprueba la celebración del convenio)