DECRETO 158 2021

Síntesis:

SE DELEGA FACULTAD - MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - LLEVAR ADELANTE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA ADQUISICIÓN DE CHALECOS DE PROTECCIÓN BALÍSTICA - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

10/05/2021

Sanción:

06/05/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347), los Decretos Nros.

458/19 y 74/21, la Disposición N° 167-DGCYC/21, el Expediente Electrónico N°

13757116-GCABA-DGAYCON/21, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de adquisición de trece mil

trescientos treinta y siete (13.337) chalecos de protección balística con destino a la

Policía de la Ciudad;

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras,

ventas y contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 28 inciso 11 de la citada Ley prevé dentro de los supuestos de

contrataciones directas "Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de

servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del

Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras

Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación

directa con el objeto del organismo que se trate";

Que el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 y fijó los niveles

de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V,

VI y VII;

Que por Disposición N° 167-DGCyC/21 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j),

de la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que a fin de concretar la adquisición precitada, y teniendo en cuenta la naturaleza

jurídica de Fabricaciones Militares Sociedad del Estado, resulta oportuna la

celebración de una Contratación Directa encuadrada en lo dispuesto por el artículo 28

Inc. 11 y concordantes de la Ley N° 2.095;

Que el Presupuesto Oficial para la realización de la Contratación asciende a la suma

total de pesos novecientos veintiséis millones novecientos veintiún mil quinientos ($

926.921.500,00.-);

Que la contratación tendrá un plazo de seis (6) meses, computados desde su

perfeccionamiento;

Que, a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, atento el carácter altamente

especializado de la contratación y de acuerdo con la necesidad justificada por las

áreas competentes del Ministerio de Justicia y Seguridad, resulta conveniente delegar

en el Sr. Ministro de Justicia y Seguridad el desarrollo de todo procedimiento

administrativo en el marco del artículo 28 inciso 11 de la Ley N° 2.095 y sus normas

reglamentarias y complementarias, incluida la facultad de suscribir el Contrato

Interadministrativo con Fabricaciones Militares Sociedad del Estado para la adquisición

de trece mil trescientos treinta y siete (13.337) chalecos de protección balística, con

destino a la Policía de la Ciudad, bajo la modalidad de orden de compra abierta, y

disponer sus eventuales prórrogas, continuidades, disminuciones, ampliaciones,

rescisión, y dictar todos los actos administrativos que sean necesarios para la

tramitación, control y ejecución de la contratación, todo ello en el marco de la

normativa aplicable;

Que por Decreto N° 458/19 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Que atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Delégase en el Sr. Ministro de Justicia y Seguridad la facultad de llevar

adelante los procedimientos administrativos necesarios en el marco del artículo 28

inciso 11 de la Ley N° 2.095, sus normas reglamentarias y complementarias, incluida

la suscripción del Contrato Interadministrativo para la adquisición de trece mil

trescientos treinta y siete (13.337) "chalecos de protección balística", con destino a la

Policía de la Ciudad, por la suma de pesos novecientos veintiséis millones novecientos

veintiún mil quinientos ($ 926.921.500,00.-) bajo la modalidad de Orden de Compra

Abierta, y por el plazo de seis (6) meses, incluyendo sus eventuales prórrogas,

continuidades, disminuciones, ampliaciones, rescisión y todos los actos administrativos

que sean necesarios para la tramitación, control y ejecución de la contratación, todo

ello en el marco de la normativa aplicable.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Vicejefe de Gobierno

(Decreto N° 458/19) y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio

de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal

www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese a la Secretaría de Justicia y

Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión Administrativa, a la Dirección General

Adquisiciones y Contrataciones y remítase a la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la prosecución del

trámite. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel