RESOLUCIÓN 199 2021 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
Síntesis:
SE DESIGNA - NÉLIDA BEATRIZ DOMINGUEZ - PERSONAL DE PLANTA TRANSITORIA - CARÁCTER TRANSITORIO - ENFERMERA PROFESIONAL - NIVEL ESCALAFONARIO CETINI03/T - ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES - PARA PERSONAS MAYORES - DIRECCIÓN GENERAL DEPENDENCIAS Y ATENCIÓN PRIMARIA - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - PERSONAL DE SALUD
Publicación:
10/05/2021
Sanción:
13/04/2021
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
VISTO: Las Leyes N° 6.301 y N° 6.384, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
260/PEN/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y modificatorios, los
Decretos Nros. 210-AJG/20 y 212-AJG/20, la Resolución de Firma Conjunta N° 405-
GCABA- DGDSCIV/20, el Expediente Electrónico N° 7753727GCABA-SECISPM/21,
y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus
(COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel
mundial;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la OMS en relación con el virus
COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia
de dicho decreto;
Que por su parte, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 declaró la Emergencia
Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de
2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el
riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus;
Que dicha emergencia sanitaria fue prorrogada hasta el 31 de mayo de 2021 por
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7/21;
Que por la Ley N° 6.301, se declaró en emergencia la situación Económica y
Financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 12 de mayo del 2020 y
hasta el 31 de diciembre del 2020;
Que por el artículo 9° de la Ley N° 6.384, se prorrogó la declaración de emergencia de
la situación Económica y Financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
efectuada por la Ley N° 6.301, hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que el artículo 15 de la Ley N° 6.301, estableció la prohibición de efectuar nuevas
designaciones de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento durante la
emergencia referida, debiendo por vía reglamentaria establecerse las excepciones a
las mismas, las que deberán estar enmarcadas exclusivamente en la necesidad de
garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales;
Que en tal sentido, mediante el Anexo I del Decreto N° 210/20, se aprobó la
reglamentación de la Ley N° 6.301, estableciendo en su artículo 15 las excepciones
enmarcadas en la necesidad de garantizar el funcionamiento de servicios esenciales;
Que en el mismo artículo se facultó, en forma conjunta al Jefe de Gabinete de
Ministros y al Ministro de Hacienda y Finanzas, a autorizar otras excepciones no
comprendidas en el mismo, siempre que estén enmarcadas en garantizar el
funcionamiento de servicios esenciales;
Que en este orden de ideas la Resolución de Firma Conjunta N° 405-GCABA-
MHFGC/20 autorizó, como excepciones de las enmarcadas en el artículo 15 de la ley
mencionada en los considerandos precedentes, a efectos de garantizar el
funcionamiento de servicios esenciales, "...las designaciones de personal de la Planta
Transitoria para establecimientos residenciales para personas mayores, hogares de
niñas, niños y adolescentes, programas de asistencia directa y dispositivos
gubernamentales de intervención con adolescentes infractores a la Ley Penal, y otros
dispositivos de alojamiento permanente de personas, dependientes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 212/20";
Que a fin de lograr la continuidad en el cumplimiento de las funciones asignadas
dentro de los establecimientos residenciales para personas mayores, hogares de
niñas, niños y adolescentes, programas de asistencia directa y dispositivos
gubernamentales de intervención con adolescentes infractores a la Ley Penal, y otros
dispositivos de alojamiento permanente de personas, mediante Decreto N° 212-
GCABA-AJG/20, se creó la Planta Transitoria de personal de tales dispositivos;
Que el mismo Decreto ha establecido en su artículo 2° que la designación del personal
comprendido en dicha planta transitoria será designado con carácter transitorio,
carecerá de estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de la Planta
Transitoria y que podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa;
Que, asimismo, mediante artículo 3° se ha facultado a los titulares de la jurisdicción o
ente autárquico de donde dependan los dispositivos enumerados en el artículo 1° del
mismo, a designar, cesar y reconocer los servicios del personal comprendido;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 3° del Decreto N°
212/2020,
Artículo 1°.- Desígnase a partir del 23 de Marzo de 2021 a Dominguez, Nélida Beatriz,
CUIL N° 23-27251503-4, con el puesto de Enfermera Profesional, nivel escalafonario
CETINI03/T, para desempeñarse en la Planta Transitoria creada por Decreto N°
212/20, en los establecimientos residenciales para personas mayores de la Dirección
General Dependencias y Atención Primaria dependiente de la Secretaría de
Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Desarrollo Humano y
Hábitat.
Artículo 2°.- La designación efectuada en el artículo 1° se realiza, con carácter
transitorio, dentro del marco de la normativa vigente, cesando automáticamente en la
fecha de finalización de la Planta Transitoria mencionada en el artículo 1° de la
presente o cuando se disponga su cese anticipado sin expresión de causa.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administración y
Liquidación de Haberes, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General
Dependencias y Atención Primaria, la que deberá practicar fehaciente notificación a los
interesados de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Migliore