RESOLUCIÓN 1884 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN CENTRAL - ACTA N° 1-21 -  CARRERA DE ENFERMERIA Y ESPECIALIDADES TECNICO-PROFESIONALES - CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - INCREMENTO SALARIAL - PARITARIAS 2021 - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA

Publicación:

26/05/2021

Sanción:

19/05/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471 (t.c. por Ley N° 6.347), el Decreto N° 465/04 y modificatorias, el

Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta N° 01/2021, el Expediente

Electrónico N° 2021- 12.300.162-GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 24 de febrero de 2021, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Central Acta N° 01/2021, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA);

Que mediante la misma, las partes acordaron las Paritarias 2021 para todo el personal

que revista en la Carrera Administrativa homologada por la Resolución N°

20/MHGC/14 de la administración central, y en la Carrera de Enfermería y

Especialidades Técnico-Profesionales de la Salud homologada por Resolución N°

2675/MEFGC/19, de los escalafones especiales y residuales del Decreto N° 583/05, y

de los trabajadores que se encuentran revistando en las Plantas Transitorias credas

por el artículo 45 de la Ley N° 471 y las creadas en el marco de la Emergencia

Sanitaria declarada en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que otorga a los agentes de la Carrera de Enfermería y Especialidades Técnico-

Profesionales de la Salud y de la Carrera de la Administración Pública, un incremento

remunerativo de treinta por ciento (30%) sobre los haberes correspondientes al mes

de Enero/2021, en su Agrupamiento, Tramo, y Grado de acuerdo al siguiente

esquema: a). 10% a partir del 1° de marzo de 2021, b). 10% a partir del 1° de julio de

2021 y c). 10% a partir del 1° de octubre de 2021;

Que asimismo, otorga a los agentes de los escalafones especiales y residuales del

Decreto N° 583/05, y de los trabajadores que se encuentran revistando en las Plantas

Transitorias credas por el artículo 45 de la Ley N° 471 y las creadas en el marco de la

Emergencia Sanitaria declarada en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

un incremento remunerativo de treinta por ciento (30%) sobre los haberes

correspondientes al mes de Enero/2021, de acuerdo al siguiente esquema: a). 10% a

partir del 1° de marzo de 2021, b). 10% a partir del 1° de julio de 2021 y c). 10% a

partir del 1° de octubre de 2021;

Que por otra parte, acuerdan otorgar un incremento a los adicionales vinculados con la

antigüedad consignados en el Anexo II del Acta, como así también, a los adicionales

que se mencionan en el Anexo III;

Que las partes se comprometen a convocar a la paritaria en el mes de octubre del

corriente año a los efectos de analizar la evolución de los índices inflacionarios según

el IPCBA durante la vigencia del acuerdo, a fin de practicar futuras correcciones

salariales, en caso de corresponder;

Que tomaron intervención, la Dirección General Planificación y Control Operativo quien

informa que la presente actuación se encuentra contemplada en las Políticas de

Recursos Humanos, y la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,

quien comunica que la presente actuación se encuentra contemplada dentro de las

Políticas de Recursos Humanos y el costo asciende a la suma de Pesos Nueve mil

trescientos doce millones setecientos dieciseís mil novecientos cincuenta y seis con

56/100 ($ 9.312.716.956,56);

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 01/2021;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta

N° 01/2021, suscripta el día 24 de febrero de 2021 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como IF-

2021-15427681-GCABA-DGTALMHF, forma parte integrante de la presente y luce en

el orden 25.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 1884-MHF/21 instrumenta el Acta de Negociación Colectiva – Comisión Central – Acta Nº 01/2021,</p>