RESOLUCIÓN 550 2021 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE RECTIFICA - RESOLUCIÓN 545-CDNNYA/21 - SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE PAGO A LOS HOGARES DE GESTIÓN ASOCIADA CON ONG'S - SE APRUEBA - CIRCUITO DE PAGO DE SUBSIDIOS - OTORGADOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA MI LUGAR - VIGENCIA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicación:
27/05/2021
Sanción:
20/05/2021
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado Ley N° 6.347), la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N°
6.347), la Resolución N° 545-GCABA- CDNNYA/21, el Expediente Electrónico N° E.E.
N° 15137239-GCABA-DGLTACDN/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa, y autarquía financiera;
Que por la Resolución N° 545-GCABA-CDNNYA/21 se aprobó el Procedimiento de
pago a los Hogares de Gestión Asociada con ONG'S -Anexo I (IF-15594686-GCABA-
CDNNYA/21)- y el Circuito de pago de subsidios otorgados en el marco del Programa
"Mi Lugar" -Anexo II (IF-15594831-GCABA-CDNNYA/21-;.
Que, posteriormente, la Dirección Operativa de Gestión Financiera de la Dirección
General Legal, Técnica y Administrativa detecto errores materiales en ambos Anexos;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6.347) establece que en
cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los
aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que, en virtud de lo expuesto, deviene necesario dictar el acto administrativo por el
que se rectifique el artículo 1°.- y 2°- de la Resolución N° 545-GCABA-CDNNYA/21
procediendo al reemplazo de los precitados Anexos, corrigiendo los errores materiales
en el sentido expuesto por la Dirección Operativa de Gestión Financiera;
Que encontrándose vacante la Presidencia de este Consejo, corresponde a esta
Vicepresidente desempeñar tales funciones, de conformidad con lo normado por el
artículo 56, inciso a) de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado
por Ley N° 6.347) y el Decreto N° 464/19,
Artículo 1°.- Rectifícase el artículo 1°.- )de la Resolución N° 545-GCABA-CDNNYA/21,
el que quedará redactado de la siguiente manera: "Apruebase el Procedimiento de
pago a los Hogares de Gestión Asociada con ONG'S que como Anexo I (IF-2021-
15734587-GCABA-CDNNYA) forma parte integrante de la presente".
Artículo 2°.- Rectificase el artículo 2°.-) de la Resolución N° 545-GCABA-CDNNYA/21,
el que quedará redactado de la siguiente manera: "Apruebase el circuito de pago de
subsidios otorgados en el marco del Programa "Mi Lugar" que como Anexo II (IF-2021-
15734647-GCABA-CDNNYA) forma parte integrante de la presente".
Artículo 3°.- Dejase constancia que la Resolución 545-GCABA-CDNNYA/21 se
mantiene vigente con los reemplazos de los Anexos I y II conforme lo establecido en
los artículos 1 .-) y 2.-) de la presente resolución.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a las Direcciones Generales
de Servicios de Atención Permanente y de Gestión de Políticas y Programas. Pase
para su conocimiento y demás efectos a la Dirección Operativa de Gestión Financiera
dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa del Consejo.
Martínez Bedini