RESOLUCIÓN 551 2021 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE AMPLÍA - RESOLUCIÓN N° 545/CDNNYA/21 - PROCEDIMIENTO DE PAGO - HOGARES DE GESTIÓN ASOCIADA CON ONG´S - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES -
Publicación:
28/05/2021
Sanción:
21/05/2021
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO: la Ley 114 (texto consolidado por Ley 6347), , el Convenio de Traspaso de
Programas de gestión (CONVE-2021-12864814-GCABA-MDHYHGC), la Resolución
N° 463-GCABA-CDNNYA/21, la Resolución 545-GCABA-CDNNYA/21 rectificada por la
Resolución N° 550-GCABA-CDNNYA/21, el Expediente electrónico N° 15137239-
GCABA-DGLTACDN/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley 114 (texto consolidado Ley N.° 6.347) se crea el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de la infancia y adolescencia y
goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que se suscribió el Convenio de Traspaso de Programas de Gestión (CONVE-2021-
12864814-GCABA-MDHYHGC) entre el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat
(MDHyH) y este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, registrado
ante la Escribanía General bajo el RL N° 13572832-DGEGRAL/2021, por medio del
cual se traspasaron a este organismo los Programas de Gestión detallados en el
Anexo I (IF-2021-12602044-GCABA-DGNYA ) del mencionado Convenio, entre los
cuales se encuentra el Programa Red de Cuidados Alternativos y el Programa Mi
Lugar ;
Que, por su parte, a fin de adecuar la estructura y responsabilidades del organismo en
función de los Programas de Gestión traspasados, mediante la Resolución N° 463-
GCABA-CDNNYA/21 se modificó parcialmente la estructura organizativa de este
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, creándose la Dirección
Operativa Atención Integral a la Niñez y Adolescencia en Situación de Vulnerabilidad
Social en el ámbito de la Dirección General de Servicios de Atención Permanente, bajo
cuya órbita se encuentra el Programa "Red de Cuidados Alternativos" y la Dirección
Operativa de Fortalecimiento de Vínculos Familiares y Comunitario en el ámbito de la
Dirección General de Servicios de Atención Permanente, bajo cuya órbita se encuentra
Programa "Mi Lugar";
Que mediante la Resolución 545-GCABA-CDNNYA/21, rectificada por la Resolución
N° 550-GCABA-CDNNYA/21 se aprobó el Procedimiento de pago a los Hogares de
Gestión Asociada con ONG'S -Anexo I (IF-2021-15734587-GCABA-CDNNYA)- y el
Circuito de pago de subsidios otorgados en el marco del Programa "Mi Lugar" -Anexo
II (IF-15594831-GCABACDNNYA/21-)
Que desde la Dirección Operativa de Gestión Financiera dependiente de la Dirección
General Legal Técnica y Administrativa de este Consejo, se propicia para el
PROCEDIMIENTO PARA GESTIONAR EL PAGO de las erogaciones destinadas a los
Hogares de Gestión Asociada, que se detalla en el Anexo I (IF-2021-15734587-
GCABA-CDNNYA) de la norma precitada que se adicione al protocolo el punto "9.-Una
vez efectuada la transferencia de fondos, la SDOT debe incorporar al EE el
comprobante de la misma, ticket y planilla SIGAF, como IF SIGAF - PAGO . Si se trata
de una Organización No Gubernamental (ONG) con asignación fija debe remitir a la
SDOT el recibo correspondiente el que será incorporado al EE como IF
COMPROBANTE - RECIBO";
Que por las consideraciones vertidas corresponde dictar el acto administrativo en el
sentido antes expuesto;
Que encontrándose vacante la presidencia de este Consejo, corresponde que la
señora vicepresidente la reemplace en el ejercicio de sus funciones, de conformidad
con lo establecido por el artículo 56, inciso a), de la Ley N° 114 (texto consolidado por
Ley 6.347);
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, por las facultades que le son propias, en virtud de la Ley 114 (texto
consolidado por Ley 6347) y del Decreto N° 464/19,
Artículo 1°.- Ampliase el Procedimiento de pago a los Hogares de Gestión Asociada
con ONG'S que obra Anexo I (IF IF-2021-15734587-GCABA-CDNNYA) y adiciónese al
procedimiento aprobado como punto "9.- Una vez efectuada la transferencia de
fondos, la SDOT debe incorporar al EE el comprobante de la misma, ticket y planilla
SIGAF, como IF SIGAF - PAGO . Si se trata de una Organización No Gubernamental
(ONG), con asignación fija debe remitir a la SDOT el recibo correspondiente el que
será incorporado al EE como IF COMPROBANTE - RECIBO".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a las Subdirecciones
Operativas Contable y de Tesorería dependiente de la a Dirección Operativa de
Gestión Financiera. Pase a la Dirección Operativa de Gestión Financiera dependiente
de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa del Consejo. Martínez Bedini