RESOLUCIÓN 551 2021 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE AMPLÍA - RESOLUCIÓN N° 545/CDNNYA/21 - PROCEDIMIENTO DE PAGO -  HOGARES DE GESTIÓN ASOCIADA CON ONG´S - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - 

Publicación:

28/05/2021

Sanción:

21/05/2021

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: la Ley 114 (texto consolidado por Ley 6347), , el Convenio de Traspaso de

Programas de gestión (CONVE-2021-12864814-GCABA-MDHYHGC), la Resolución

N° 463-GCABA-CDNNYA/21, la Resolución 545-GCABA-CDNNYA/21 rectificada por la

Resolución N° 550-GCABA-CDNNYA/21, el Expediente electrónico N° 15137239-

GCABA-DGLTACDN/21, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley 114 (texto consolidado Ley N.° 6.347) se crea el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en

materia de promoción y protección de los derechos de la infancia y adolescencia y

goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;

Que se suscribió el Convenio de Traspaso de Programas de Gestión (CONVE-2021-

12864814-GCABA-MDHYHGC) entre el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat

(MDHyH) y este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, registrado

ante la Escribanía General bajo el RL N° 13572832-DGEGRAL/2021, por medio del

cual se traspasaron a este organismo los Programas de Gestión detallados en el

Anexo I (IF-2021-12602044-GCABA-DGNYA ) del mencionado Convenio, entre los

cuales se encuentra el Programa Red de Cuidados Alternativos y el Programa Mi

Lugar ;

Que, por su parte, a fin de adecuar la estructura y responsabilidades del organismo en

función de los Programas de Gestión traspasados, mediante la Resolución N° 463-

GCABA-CDNNYA/21 se modificó parcialmente la estructura organizativa de este

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, creándose la Dirección

Operativa Atención Integral a la Niñez y Adolescencia en Situación de Vulnerabilidad

Social en el ámbito de la Dirección General de Servicios de Atención Permanente, bajo

cuya órbita se encuentra el Programa "Red de Cuidados Alternativos" y la Dirección

Operativa de Fortalecimiento de Vínculos Familiares y Comunitario en el ámbito de la

Dirección General de Servicios de Atención Permanente, bajo cuya órbita se encuentra

Programa "Mi Lugar";

Que mediante la Resolución 545-GCABA-CDNNYA/21, rectificada por la Resolución

N° 550-GCABA-CDNNYA/21 se aprobó el Procedimiento de pago a los Hogares de

Gestión Asociada con ONG'S -Anexo I (IF-2021-15734587-GCABA-CDNNYA)- y el

Circuito de pago de subsidios otorgados en el marco del Programa "Mi Lugar" -Anexo

II (IF-15594831-GCABACDNNYA/21-)

Que desde la Dirección Operativa de Gestión Financiera dependiente de la Dirección

General Legal Técnica y Administrativa de este Consejo, se propicia para el

PROCEDIMIENTO PARA GESTIONAR EL PAGO de las erogaciones destinadas a los

Hogares de Gestión Asociada, que se detalla en el Anexo I (IF-2021-15734587-

GCABA-CDNNYA) de la norma precitada que se adicione al protocolo el punto "9.-Una

vez efectuada la transferencia de fondos, la SDOT debe incorporar al EE el

comprobante de la misma, ticket y planilla SIGAF, como IF SIGAF - PAGO . Si se trata

de una Organización No Gubernamental (ONG) con asignación fija debe remitir a la

SDOT el recibo correspondiente el que será incorporado al EE como IF

COMPROBANTE - RECIBO";

Que por las consideraciones vertidas corresponde dictar el acto administrativo en el

sentido antes expuesto;

Que encontrándose vacante la presidencia de este Consejo, corresponde que la

señora vicepresidente la reemplace en el ejercicio de sus funciones, de conformidad

con lo establecido por el artículo 56, inciso a), de la Ley N° 114 (texto consolidado por

Ley 6.347);

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, por las facultades que le son propias, en virtud de la Ley 114 (texto

consolidado por Ley 6347) y del Decreto N° 464/19,

LA VICEPRESIDENTE

DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Ampliase el Procedimiento de pago a los Hogares de Gestión Asociada

con ONG'S que obra Anexo I (IF IF-2021-15734587-GCABA-CDNNYA) y adiciónese al

procedimiento aprobado como punto "9.- Una vez efectuada la transferencia de

fondos, la SDOT debe incorporar al EE el comprobante de la misma, ticket y planilla

SIGAF, como IF SIGAF - PAGO . Si se trata de una Organización No Gubernamental

(ONG), con asignación fija debe remitir a la SDOT el recibo correspondiente el que

será incorporado al EE como IF COMPROBANTE - RECIBO".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a las Subdirecciones

Operativas Contable y de Tesorería dependiente de la a Dirección Operativa de

Gestión Financiera. Pase a la Dirección Operativa de Gestión Financiera dependiente

de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa del Consejo. Martínez Bedini


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolucion 551-CDNNYA-21 amplia el Procedimiento de pago a los Hogares de Gestión Asociada con ONG&#39;S aprobado por Resolución N° 545/CDNNYA/21 adicionando al procedimiento el  punto 9).</p><p><br /> </p>