RESOLUCIÓN 2106 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 1417-MHFGC-21 - SE DELEGA - FACULTAD DE APROBAR GASTOS - SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL Y DESINFECCIÓN - ESTABLECIMIENTOS EXTRAHOSPITALARIOS UTILIZADOS PARA ALOJAR PERSONAS ASINTOMÁTICAS DE ZONAS DE RIESGO Y DIAGNOSTICADAS CON COVID-19 - TITULAR - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - MES DE JUNIO DE 2021 - CORONAVIRUS - PANDEMIA

Publicación:

14/06/2021

Sanción:

09/06/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: la Ley N° 27541, la Ley N° 6292, los Decretos de Necesidad y Urgencia del

Poder Ejecutivo Nacional Nros. 260/PEN/20 y 167/PEN/2021, los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21, el

Decreto N° 433/16, las Resoluciones Nros. 3799-GCABA- MHFGC-20, 4555-GCABA-

MHFGC-20, 330-GCABA-MHFGC-21 y 1417-GCABA-MHFGC-21, y el Expediente N°

4.357.035/GCABA/DGTALMHF/21, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año

prorrogado mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/21 hasta el 31 de

diciembre 2021;

Que asimismo, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el

15 de junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del

coronavirus (COVID-19), prorrogándose dicha vigencia sucesivamente hasta el 31 de

julio de 2021 por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20,

17/20, 5/21, 7/21 y 8/21;

Que conforme la sanción de la Ley N° 6292, corresponde al Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

coordinar y gestionar la estrategia de localización de las oficinas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el mantenimiento integral de los inmuebles;

Que en función de ello, el Ministerio de Salud, solicitó colaboración al Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción, mediante Notas Nros. 13016883-GCABA-

SSPSGER-2020 y 11581881-GCABA-SSPSGER-2020 para llevar adelante la

contratación de un servicio de limpieza integral y desinfección, a los efectos de

asegurar la correcta higiene de las instalaciones que se utilicen para afrontar la

emergencia sanitaria por COVID-19;

Que durante el ejercicio 2020, resultó necesario dictar las Resoluciones Nros. 3799-

GCABA-MHFGC-20 y 4555-GCABA-MHFGC-20, a los efectos de delegar en el titular

del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, la facultad de aprobar gastos en

el marco de la emergencia sanitaria y bajo la modalidad del Decreto 433/16;

Que dada la situación epidemiológica imperante se otorgaron, mediante Resoluciones

Nros. 330-GCABA-MHFGC-21 y 1417-GCABA-MHFGC-21, nuevas delegaciones para

aprobar los gastos en dicho contexto, durante los meses de enero y de abril de 2021,

respectivamente;

Que teniendo en cuenta el continuo avance de los contagios y la necesidad de aislar

correctamente a las diferentes personas contagiadas con síntomas leves y/o que se

encontraban a la espera del resultado del hisopado, el Ministro de Desarrollo

Económico y Producción, mediante Nota N° 17180297-GCABA-MDEPGC-21, requiere

una nueva delegación para aprobar gastos hasta la suma total de PESOS OCHENTA

Y CINCO MILLONES ($ 85.000.000) mensuales, para el mes de junio de 2021;

Que fundamenta dicha solicitud en el carácter urgente e impostergable de contar con

el servicio de limpieza y desinfección de establecimientos extrahospitalarios a fin de

reducir el riesgo de transmisión y propagación del virus, minimizando la diseminación

de la infección en el establecimiento correspondiente, y siendo necesario seguir

cumpliendo con los principales cuidados durante todas las etapas de la pandemia;

Que asimismo, el citado Ministerio informa que por el Expediente N° 6427569-GCABA-

DGRYGIEG-21, se halla tramitando la Contratación Directa N° 932/SIGAF/2021, bajo

la modalidad de Orden de Compra Abierta, para la contratación del servicio de limpieza

integral de establecimientos extrahospitalarios ubicados en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, habiéndose aprobado recientemente, los Términos de

Referencia y el Anexo de Especificaciones Técnicas, procedimiento y adjudicación;

Que, del mismo modo, informa que la delegación otorgada mediante Resolución N°

1417-GCABA-MHFGC-21 para el mes de abril, no pudo utilizarse debido a cuestiones

operativas relativas a la demora de entrega de documentación a la Jurisdicción;

Que por el Decreto N° 433/16 se establecen los niveles de decisión y cuadros de

competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución

presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,

de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70 y conforme a su Anexo I;

Que a su vez, en el referido Anexo I se establece que para gastos superiores a

$ 15.000.000 los mismos deben ser aprobados por el titular de este Ministro o por

quien éste delegue;

Que en el contexto descripto y siendo impostergable garantizar con celeridad el

servicio de limpieza integral y desinfección de los establecimientos extrahospitalarios,

resulta necesario dictar el presente acto administrativo procediendo a efectuar la

delegación solicitada y a dejar sin efecto la Resolución N° 1417-GCABA-MHFGC-21.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el punto 5 del Anexo I del Decreto N°

433/16,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°. Déjase sin efecto la Resolución N° 1417-GCABA-MHFGC-21.

Artículo 2°. Delégase en el titular del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción,

la facultad de aprobar gastos correspondientes al servicio de limpieza integral y

desinfección de establecimientos extrahospitalarios utilizados para alojar a aquellas

personas asintomáticas provenientes de zonas de riesgo y las que fueran

diagnosticadas con COVID-19, a fin de reducir el riesgo de transmisión y propagación

del virus, hasta la suma total de PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES

($ 85.000.000) mensuales, para el mes de junio de 2021.

Artículo 3°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y a las Direcciones

Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería.

Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Gestión Técnica de la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. SGV

Miguel p/p

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2106-MHFGC/21 deja sin efecto la Resolución N° 1417-MHFGC/21.</p>