RESOLUCIÓN 1471 2021 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE APRUEBA PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN - NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD -  RETROACTIVO A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2021 - MINISTERIO DE SALUD - PRESTACIONES

Publicación:

23/06/2021

Sanción:

17/06/2021

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Los Decretos Nros. 468/94 y 208/01, las Resoluciones Nros. 1840-MSGC/15;

352-MSGC/16; 336- MSGC/17; 2006-MSGC/2017; 404-MSGC/18; 1794-MSGC/18;

2529-MSGC/18; 598-MSGC/19; 1227- MSGC/19; 2148-MSGC/19; 3028-MSGC/19,

577-MSGC/20; 856-MSGC/20; 1191-MSGC/20; 1291- MSGC/20; 1896-MSGC/20;

1949-MSGC/20; 2530-MSGC/20; 2737-MSGC/20; 2902-MSGC/20; 430- MSGC/2021;

974-MSGC/21 y el Expediente Electrónico N° EX-2021-16269910- -GCABA- DGCTFS,

y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que

proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de

Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador;

Que el Decreto N° 208/01 encomendó a la entonces Secretaría de Salud la fijación de

los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones

brindadas por sus efectores, correspondiendo hoy esas atribuciones al Ministerio de

Salud;

Que la Resolución N° 2716-MSGC-20 designó la conformación de la nueva Comisión

Permanente de Actualización del Nomenclador;

Que la mencionada Comisión presentó una propuesta de actualización del

Nomenclador de Prestaciones de Salud, para regir a partir del 1 de junio de 2021;

Que asimismo, se incorporan prácticas con códigos y valores, con secciones

recodificadas a los efectos de mantener el orden alfabético del mismo;

Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la competencia que le

corresponde.

Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la propuesta de actualización del Nomenclador de

Prestaciones de Salud como Anexo "I", registrado como informe N° IF-2021-17418232-

GCABA-DGCTFS, que forma parte integral de la presente.

Artículo 2°.- Déjase establecido que el nuevo Nomenclador de Prestaciones de Salud

comenzará a regir retroactivamente para las prestaciones a partir del 1 de junio de

2021.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y

Gestión en Red, a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de

Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración del

Sistema de Salud, a la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y

Financiamiento en Salud, a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria,

a la Dirección General Legal y Técnica. Cumplido archívese. González Bernaldo de

Quirós


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolucion 1471-MSGC-21 aprueba la propuesta de actualización del Nomenclador de Prestaciones de Salud.<br /> </p>