ACORDADA 26 2021 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

SE FIJA - CUADRO DE COMPETENCIAS - AUTORIZACIÓN DE GASTOS - ORDENAMIENTO DE PAGOS - COMPRAS Y CONTRATACIONES - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Publicación:

06/07/2021

Sanción:

30/06/2021

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M.

WEINBERG, su vicepresidenta, la jueza Marcela DE LANGHE, la jueza Alicia E. C.

RUIZ, el juez Luis Francisco LOZANO y el juez Santiago OTAMENDI y;

CONSIDERAN:

La Acordada n° 15/2010 (BOCBA n° 3423 del 18/5/2010) determinó los niveles de

intervención de los funcionarios en la autorización y aprobación de las contrataciones,

según el correspondiente cuadro de competencias y en concordancia con lo

establecido por la Ley n° 2095 y su decreto reglamentario.

Desde entonces hasta la fecha, se han efectuado modificaciones en el régimen

normativo sobre adquisiciones de bienes y servicios, tanto en el texto de la ley -con

último texto consolidado según Ley n° 6347- como en sus decretos reglamentarios

(v°g° decretos nos. 195/2014, 326/2017, 168/2019 y 74/2021).

Según se ha señalado en los fundamentos de esos actos administrativos, los cambios

han tenido como meta efectuar los lógicos ajustes que implica el paso del tiempo, dar

una mayor agilidad en los procedimientos de contratación y posibilitar la diversificación

de esos mecanismos, "a fin de canalizar eficientemente la heterogeneidad de objetos y

fines comprendidos en las gestiones de los organismos implicados en la contratación

pública" (Cfr. Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires: Expediente n° 2516-J-13,

01/10/2013).

Una de esas reformas más significativas fue la de redefinir y dar mayor alcance a las

"contrataciones menores" (artículo 38 de la Ley n° 2095), cuyo monto se amplió de las

30,000 unidades de compra (UC) originalmente previstas en la ley n° 2095, hasta

100,000 UC establecidas por la ley n° 4764.

Por lo expuesto precedentemente, es necesario efectuar la adecuación pertinente en

el anexo que regula los niveles de intervención de los funcionarios en los distintos

procedimientos de compras y contrataciones, a efectos de distribuir las distintas

responsabilidades para la autorización y la aprobación de las tramitaciones, en

concordancia con el criterio rector de la centralización normativa y la descentralización

operativa.

Las Asesorías Jurídica y de Control de Gestión se pronunciaron mediante sus

dictámenes DT-2021-17407-AJURIDICA y DT-2021-17447-ACG, sin formular

observaciones.

Por ello, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la

Constitución de la Ciudad;

ACUERDAN:

1.- FIJAR, a partir del día de la fecha, el cuadro de competencias para la autorización

de gastos y ordenamiento de pagos de las compras y contrataciones desarrolladas en

el Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo establecido por los artículos 2,

inciso c), y 13 de la Ley n° 2095 -texto consolidado según Ley n° 6347-, según los

niveles detallados en el Anexo l, que a todos los efectos integra la presente.

2.- MANDAR se registre, se dé a la Dirección General de Administración y se publique

en el Boletín Oficial. Weinberg - Lozano - Ruiz - de Langhe - Otamendi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6163

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Punto 1 de la Acordada 26-TSJ-21 fija, a partir del día de la fecha, el cuadro de competencias para la autorización de gastos y ordenamiento de pagos de las compras y contrataciones desarrolladas en el Tribunal Superior de Justicia desarrolladas en el Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo establecido por los artículos 2, inciso c), y 13 de la Ley 2095.</p>