RESOLUCIÓN 2671 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DESIGNA SUBGERENTE OPERATIVO - TRANSITORIO - SILVIO PALERMO - SUBGERENCIA OPERATIVA REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
07/07/2021
Sanción:
02/07/2021
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los
Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 463/19 y modificatorios, la Resolución N°
3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria, el Expediente Electrónico N° 12.648.890-
GCABA-DGJRYM-2021, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales;
Que por Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria se aprobaron las
disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Informe Número IF-2021-13142901-GCABA-DGJRYM la Dirección
General Justicia, Registro y Mediación dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso i)
del artículo 3° del Anexo I de la mentada Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19;
Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria, el Ministerio de Justicia y
Seguridad propicia la designación del Sr. Silvio Palermo, DNI N° 22.022.635, CUIL N°
20-22022635-3 como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Registro de
Deudores Alimentarios Morosos, de la Dirección General Justicia, Registro y
Mediación, de la Subsecretaría de Justicia, de la Secretaría de Justicia y Seguridad;
Que por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 se
estableció que el cese del personal designado con carácter transitorio en cargos de
régimen gerencial no otorgará, en ningún caso, derecho a la percepción de monto
indemnizatorio alguno;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente
propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley N° 471, y ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos por la
normativa en vigencia;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 12 de la Ley N°
6.292,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 03 de mayo de 2021, con carácter transitorio, al Sr.
Silvio Palermo, DNI N° 22.022.635, CUIL N° 20-22022635-3 como Subgerente
Operativo de la Subgerencia Operativa Registro de Deudores Alimentarios Morosos,
de la Dirección General Justicia, Registro y Mediación, de la Subsecretaría de Justicia,
de la Secretaría de Justicia y Seguridad, del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Artículo 2°.-Déjase establecido que la designación del agente mencionado en el
artículo anterior reviste carácter transitorio y podrá cesar en el cargo de régimen
gerencial sin derecho a la percepción de monto indemnizatorio alguno, de conformidad
a lo establecido en el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-
MEFGC/19.
Artículo 3°.- Establézcase que el agente designado en el artículo 1°, deberá acreditar
de manera fehaciente, en el plazo perentorio de sesenta (60) días corridos desde la
notificación de la presente Resolución, ante la Dirección General Justicia, Registro y
Mediación, el cumplimiento de la capacitación prevista en el artículo 3° bis del Anexo I
de la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes,
Desarrollo del Servicio Civil, Técnica, Administrativa y Legal y a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, todas ellas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Justicia, Registro y Mediación, del Ministerio de Justicia y Seguridad, debiendo esta
última notificar fehacientemente al interesado. Mura