RESOLUCIÓN 9 2021 SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE LA MOVILIDAD

Síntesis:

VIGENCIA ESPECIAL - SE INCLUYE - CARACTER EXPERIMENTAL - 90 DÍAS - DISPOSICIONES DECRETO-ORDENANZA 10407/47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRAMO: GASPAR M. DE JOVELLANOS - DESDE CALLE CALIFORNIA -HASTA CALLE SUAREZ - SUR A NORTE - SEÑALAMIENTO INTEGRAL - VERTICAL Y HORIZONTAL 

Publicación:

13/07/2021

Sanción:

07/07/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE LA MOVILIDAD


EX-2021- 20290294-GCABA-DGDEI, y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados y de conformidad con lo expuesto en el informe

elaborado por la Dirección General de Diseño e Implementación N° IF-2021-

20290938-GCABA-DGDEI, se ha llevado a cabo el estudio del comportamiento

circulatorio de las arteria Gaspar M. de Jovellanos entre California y Suarez;

Que según dicho informe, y analizada la cuadrícula circulatoria, "Se concluye entonces

que es viable y beneficioso para su entorno, la inversión de sentido de Gaspar M.

Jovellanos entre California y Suarez, con sentido S-N (hacia Suarez)";

Que el Decreto N° 463/GCBA/19, aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las

responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes

de este Gobierno, contemplando a la Secretaria de Transporte y Obras Públicas como

dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que mediante el citado Decreto se contempló en la órbita de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad;

Que mediante el citado Decreto y sus modificatorios se contempló como una

Responsabilidad Primaria de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, la de

"Planificar, implementar y evaluar proyectos de transporte y tránsito y/o programas y

servicios que mejoren la movilidad, la circulación y el tránsito en la Ciudad de Buenos

Aires" y la de "Planificar e implementar estudios y proyectos para el ordenamiento de

la circulación vehicular y peatonal coordinando y modernizando los sistemas de

tecnología de tránsito y de información al usuario, en concordancia con las políticas y

planes determinados por los organismos competentes en materia de planeamiento

urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN

DE LA MOVILIDAD

RESUELVE

Artículo 1° - Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 (noventa)

días, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto

ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo:

Gaspar M. de Jovellanos: desde la calle California hasta la calle Suarez de sur a

norte (S-N).

Artículo 2°- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal).

Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a

la Dirección General de Diseño e Implementación para su notificación y comunicación

a la Policía Federal Argentina, a la Policía de la Ciudad, a la Secretaría de Transporte,

a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, a la Dirección General Cuerpo de

Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial, a la Unidad de Proyectos Especiales

de Infraestructura de la Movilidad, a la Gerencia Operativa Centro de Monitoreo y

Gestión de la Movilidad, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Gerencia

Operativa de Mobiliario Urbano, a la Gerencia Operativa de Ingeniería de Datos.

Cumplido, archívese. Capelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 9-SSPMO/21 incluye con carácter experimental y por el término de 90 (noventa)<br />días, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo: Gaspar M. de Jovellanos: desde la calle California hasta la calle Suarez de sur a norte (S-N).</p>