DECRETO 743 2004
Síntesis:
DESIGNA AL ING. CARLOS ÁNGEL PORRONI - LE 6.151.754 - COMO MIEMBRO DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA AGRUPACIÓN SALUD INTEGRAL, EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE SALUD -DESIGNACIÓN DE MIEMBROS - DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES
Publicación:
07/05/2004
Sanción:
29/04/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 21.867/2004, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita la designación del Ing. Carlos Ángel Porroni, LE 6.151.754, como miembro del Órgano de Dirección y Administración de la Agrupación Salud Integral en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 251/GCABA/1997 se aprobó el Proyecto de Reformas al Convenio de la Agrupación Salud Integral, estableciéndose en el artículo 9° del Anexo I que el Órgano de Dirección y Administración estará compuesto por cinco miembros, siendo uno de ellos el Secretario de Salud o quien él designare, mencionándose además a tres representantes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a un representante del sector privado de la Agrupación;
Que en la actualidad existe una vacante en la representación del Gobierno ante el citado Órgano de Dirección y Administración;
Que toda vez que corresponde al Gobierno disponer quienes serán sus representantes, es decisión de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires proponer al Ing. Carlos Ángel Porroni como miembro del Órgano de Dirección y Administración de la Agrupación Salud Integral en representación del Gobierno de la Ciudad;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Desígnase al Ing. Carlos Ángel Porroni, LE 6.151.754, como Miembro del Órgano de Dirección y Administración de la Agrupación Salud Integral, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Salud y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Salud, la que deberá cursar nota de estilo con copia del presente a la Agrupación Salud Integral y notificar al interesado. Cumplido, archívese. IBARRA - Stern - Fernández