DISPOSICIÓN 10 2021 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO
Síntesis:
SE DECLARA ABIERTA CONVOCATORIA - OCUPACION LOCALES COMERCIALES N° 7 Y N° 8 - CENTRO DE ABASTECIMIENTO MUNICIPAL N° 72 - MERCADO DE SAN NICOLÁS - DOCUMENTACION PREVISTA EN DISPOSICION 9-DGDGAS - 17 - DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO GASTRONOMICO
Publicación:
19/07/2021
Sanción:
14/07/2021
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), las Ordenanzas Nros
33.313 y 43.273, los Decretos Nros. 3.142/89, 463-GCABA/19, 131-GCABA/20 y sus
modificatorios, las Disposiciones Nros. 9-GCABA-DGDGAS/17, 23-GCABA-
DGDGAS/19, su modificatoria 43-GCABA-DGDGAS/19, 5- GCABA-DGDGAS/21 y 7-
GCABA-DGDGAS/21, el Expediente Electrónico N° EX-20833736-GCABA-
DGDGAS/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el Visto, tramita el procedimiento para ocupar dos
locales en el Centro de Abastecimiento Municipal N° 72 "Mercado de San Nicolás", sito
en Av. Córdoba N° 1750 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose,
entre otros, al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que por el Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose a la Dirección General Desarrollo
Gastronómico de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano dependiente del Ministerio
de Desarrollo Económico y Producción;
Que es dable señalar que mediante Decreto N° 131-GCABA/20 y modificatorio, se
creó en el ámbito de la Dirección General de Desarrollo Gastronómico a la Gerencia
Operativa de Mercados Gastronómicos, que entre sus competencias se encuentran las
de "Planificar y administrar la organización de Mercados Gastronómicos y los Centros
de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72, sito en la Avda. Córdoba 1750, y N° 128,
sito en la calle Juramento 2528, y el Mercado Gastronómico "Marcelo T. de Alvear",
sito en la calle Bonpland 1660 (...) planificar y elaborar un plan de uso del espacio
referido a dichos mercados (...) participar en la organización de mercados bajo su
competencia, y/o reubicados por razones de interés general (...) intervenir en el
otorgamiento y la revocación de permisos a los mercados gastronómicos, fiscalizar su
funcionamiento y coordinar su actividad, de acuerdo a las normas vigentes en la
materia";
Que por su parte, cabe recordar que el otorgamiento de los permisos de uso precario
en los Centros de Abastecimiento Municipales se encuentra regulado por las
Ordenanzas Nros. 33.313, 43.273 y su Decreto Reglamentario N° 3142/89;
Que en relación a ello, mediante Disposición N° 9-GCABA-DGDGAS/17, la entonces
Dirección General Desarrollo Gastronómico aprobó el Procedimiento Administrativo de
Solicitud de Permiso de Uso de Local en un Mercado Gastronómico o Centro de
Abastecimiento Municipal (CAM), en donde se estableció la documentación requerida
en el marco de dicho procedimiento;
Que en ese marco, mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su
modificatoria N° 43-GCABADGDGAS/19, se aprobó el Reglamento de los Centros de
Abastecimiento Municipal;
Que así las cosas, es dable recordar que mediante Disposición N° 5-GCABA-
DGDGAS/21, esta Dirección General declaró abierta la convocatoria para ocupar los
locales comerciales Nros. 7 y 8 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 72
"Mercado de San Nicolás", sito en Av. Córdoba N° 1.750 de esta ciudad;
Que en este sentido, mediante Disposición N° 7-GCABA-DGDGAS/21, esta Dirección
General desestimó las propuestas presentadas en el marco de la convocatoria supra
referida y, en consecuencia, declaró desierto tal concurso;
Que tal como surge del Informe N° IF-20772518-GCABA-DGDGAS/21, la Gerencia
Operativa de Mercados Gastronómicos dependiente de esta Dirección General,
informó que los locales Nros. 7 y 8 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 72 -
"Mercado de San Nicolás", se encuentran a la fecha sin ocupación;
Que asimismo, del precitado Informe surge que resulta de suma importancia poder
otorgar permisos de uso precario respecto de los mencionados locales a los fines que
los mismos puedan explotarse comercialmente, lo que implicaría mejorar el
funcionamiento del Mercado de San Nicolás;
Que a tales fines, los postulantes a ocupar los locales Nros. 7 y 8 del Centro de
Abastecimiento Municipal N° 72 - "Mercado de San Nicolás", deberán acompañar la
documentación que luce en el Anexo N° DI-2017- 14098083- -DGDGAS, el cual forma
parte integrante de la Disposición N° 9-GCABA-DGDGAS/17;
Que atento a la importancia y urgencia de poder otorgar permisos de uso precario en
los precitados locales, y teniendo en cuenta que ésta Dirección General ya no se
encuentra físicamente en las oficinas de Uspallata 3160 de esta Ciudad -como al
momento de emisión de la Disposición N° 9-GCABA-DGDGAS/17-, es que resulta
necesario que la documentación antes mencionada sea presentada en el precitado
Centro de Abastecimiento Municipal, ello a los fines de dotar de la mayor eficacia
posible al procedimiento que nos ocupa;
Que asimismo en virtud de la pandemia imperante resulta conveniente ampliar el plazo
establecido en el artículo 10° del Decreto Reglamentario N° 3.142/89 al plazo de
quince (15) días hábiles desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, para la presentación de la documentación por parte de los
postulantes, a los fines de dotar de más tiempo a los oferentes para que puedan
gestionar la documentación necesaria y cumplir con las correspondientes
presentaciones en tiempo y forma.
Que por lo expuesto corresponde el dictado del presente acto administrativo iniciando
el procedimiento de otorgamiento de permisos de uso precario previsto.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Declárase abierta la convocatoria para ocupar los locales comerciales
Nros. 7 y 8 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 72 - "Mercado de San Nicolás",
sito en Av. Córdoba N° 1750 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Establécese que los postulantes deberán acompañar la documentación
que luce en el Anexo N ° DI-2017-14098083- -DGDGAS, el cual forma parte integrante
de la Disposición N° 9-GCABA-DGDGAS/17, dentro de los quince (15) días hábiles
contados a partir de la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Establécese que la documentación mencionada en el artículo anterior será
recibida en el Centro de Abastecimiento Municipal N° 72 "Mercado de San Nicolás",
sito en Av. Córdoba N° 1750 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días lunes a
viernes en el horario de 10 a 14 horas.
Artículo 4°.- Difúndase el presente acto en la cartelera del Centro de Abastecimiento
Municipal N° 72 -"Mercado de San Nicolás" por el plazo de quince (15) días hábiles
contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 5°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y notifíquese el presente acto a la Asociación Cooperadora del "Mercado
de San Nicolás". Para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la
Subsecretaría de Bienestar Ciudadano y a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Tahier