RESOLUCIÓN 158 2021 SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS
Síntesis:
SE AUTORIZA - TRANSFERENCIA DE FONDOS - CICLO LECTIVO AÑO 2021 - FONDO ÚNICO DESCENTRALIZADO DE EDUCACIÓN - FUDE A FAVOR DE ASOCIACIONES COOPERADORAS - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
Publicación:
22/07/2021
Sanción:
16/07/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS
VISTO: La Ley Nro. 3.372 (texto consolidado por Ley 6.347), el Decreto de Necesidad
y Urgencia N° 1/20, y sus modificatorios, la Resolución N° 134/SSGEYFAR/2021, la
Resolución N° 2765-GCABAMEDGC-20, el Expediente Electrónico N° 20335173-
GCABA-DGSE-21 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones tramita la aprobación de la transferencia de
fondos que integran el Fondo Único Descentralizado de Educación (F.U.D.E.)
correspondiente al ciclo lectivo del año 2021, a favor de los establecimientos
educativos de Gestión Estatal, de todos los niveles y modalidades, pertenecientes al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo normado en la Ley N°
3.372/09 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y detallados en Informe N° IF-2021-
20338697-GCABADGSE;
Que, en el ámbito local, la Ley N° 3.372 (texto consolidado por Ley N° 6.347) crea el
Fondo Único Descentralizado de Educación (FUDE) destinado a todos los
establecimientos educativos de gestión estatal, de todos los niveles y modalidades,
pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dentro de dicho marco se establecen como requisitos para el cobro del
mencionado Fondo, la presentación del Plan Anual Institucional (artículo 7°), el Cuadro
Demostrativo de Recursos y Gastos y la Rendición correspondiente a la ejecución del
FUDE del ejercicio anterior (artículo 11°) dando cumplimiento a Ley N° 3.372 (texto
consolidado por Ley 6.347);
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de atender y adoptar
las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio
en la población del coronavirus (COVID-19), prorrogándose dicha medida mediante los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21
hasta el 31 de Julio 2021;
Que teniendo en consideración el contexto de emergencia sanitaria existente y las
dificultades aparejadas en torno a la presentación de la documentación pertinente para
el cobro del subsidio F.U.D.E en cumplimiento con los requisitos establecidos en la
normativa vigente, mediante Resolución N° 134-GCABASSGEYFAR2021 esta
Subsecretaria de Gestión Económico Financiera y de Administración de Recursos
autorizó la transferencia anticipada de fondos correspondientes al F.U.D.E ciclo lectivo
2021, a efectos de que las cooperadoras y conducciones escolares puedan disponer
de los fondos de manera expedita;
Que la transferencia excepcional de dichos fondos en forma anticipada tiene por
finalidad el cumplimiento de los fines previstos en el Plan Anual Institucional;
Que no obstante lo cual, cada conducción escolar y Asociación Cooperadora que
reciba los fondos F.U.D.E 2021 deberá subsanar los errores materiales referidos a la
presentación del Plan Anual Institucional y/o en caso de corresponder la presentación
de la documentación faltante prevista en el art. 11 de la Ley 3.372 (texto consolidado
por Ley 6.347) como plazo máximo el día 30 septiembre del corriente;
Que el incumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior imposibilitará la
transferencia de las próximas partidas correspondientes al subsidio F.U.D.E;
Que la Gerencia Operativa de Apoyo a Escuelas y Cooperadoras informó en el IF-
2021-20955570-DGSE que corroboró que las Asociaciones Cooperadoras que
recibirán los fondos cumplen con lo previsto en el artículo 7 de la Ley N° 3.372 /09
(texto consolidado por Ley N° 6.347) referido a la presentación del Plan Anual
institucional, no obstante, existen en algunos casos errores materiales en su
confección;
Que atento a lo expuesto, se incorporó el informe IF-2021- 20378297-GCABA-DGSE
en orden 4 en el cual se detallan las asociaciones cooperadoras que adeudan hasta la
fecha la presentación de la rendición de gastos correspondiente a la ejecución de
FUDE del ejercicio anterior y en orden 5 el IF-2021-20378903-GCABA-DGSE en el
cual se detallan las asociaciones cooperadoras que adeudan a la fecha la
presentación del Cuadro Demostrativo de Recursos y Gastos. En tal sentido, en
ambos casos cuentan con un plazo máximo de presentación hasta el 30 septiembre
del corriente;
Que, por otra parte, el monto establecido para cada establecimiento educativo se
determinó conforme lo previsto en el artículo 4° de la Ley 3.372/09 (texto consolidado
por Ley N° 6.347), el que se afectará en el presupuesto vigente: Jurisdicción 55
Unidad Ejecutora 582 Programa 52 Actividad 10.000 Partida 5.1.7.55;
Que dicho monto se encuentra discriminado por Establecimiento Educativo en el IF-
2021-20338697-GCABA-DGSE, siendo la suma total a transferir de pesos cincuenta y
seis millones ciento ochenta mil setecientos setenta ($ 56.180.770);
Que la Dirección General de Servicios a las Escuelas ha tomado debida intervención;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida
intervención;
Que mediante la Resolución N° 2765- GCABA-MEDGC-20, la Ministra de Educación
delegó en la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de
Recursos la competencia para resolver la aprobación de pago de subsidios a
Asociaciones Cooperadoras;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N° 2765-GCABA-
MEDGC-20;
Artículo 1.- Autorizase la transferencia anticipada, de manera excepcional, de los
fondos correspondientes al ciclo lectivo del año 2021 del Fondo Único Descentralizado
de Educación (F.U.D.E.) establecido por Ley N° 3.372 (texto consolidado por Ley N°
6.437), por el monto total de Pesos cincuenta y seis millones ciento ochenta mil
setecientos setenta ( $ 56.180.770) a favor de las Asociaciones Cooperadoras
detalladas en el IF-2021-20338697-GCABADGSE Lote N°8 correspondiente al ciclo
lectivo 2021 y según los montos allí discriminados.
Artículo 2.- El importe total de la presente es de Pesos cincuenta y seis millones ciento
ochenta mil setecientos setenta ($ 56.180.770) y se afectará en el presupuesto
vigente: Jurisdicción 55 Unidad Ejecutora 582 Programa 52 Actividad 10.000
Partida 5.1.7.55. fuente de Financiamiento 11.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Servicio
a las Escuelas, y remítase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería a
los fines consiguientes. Cumplido, archívese. Tomaghelli