RESOLUCIÓN 2077 2021 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE RECTIFICA - ANEXO RESOLUCIÓN N° 1189-MEGC/16 - REGLAMENTO DE CONCURSO - DESIGNACIÓN CARGOS DE RECTOR - SECRETARIO ACADÉMICO - INSTITUTOS DE FORMACIÓN TÉCNICO SUPERIOR (IFTS) - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

06/08/2021

Sanción:

01/06/2021

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: el Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución N°

1.189-MEGC/16, el Expediente Electrónico 14.882.016-GCABA-DGGALV/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 1.189-MEGC/16 aprobó el Reglamento de Concurso para la

Designación de los Cargos de Rector y Secretario Académico de los Institutos de

Formación Técnico Superior (IFTS), hasta tanto se promueva un nuevo Reglamento

Orgánico de los servicios del Área de Formación Técnico Superior, dejándose sin

efecto el Anexo IV de la Resolución Ministerial N° 582-MEGC/07;

Que el Anexo (IF-2016-08994700-DGCLEI) a la Resolución N° 1.189-MEGC/16 que

forma parte integrante de la misma establece el procedimiento para la cobertura de los

mencionados cargos de ascenso;

Que en el Artículo N° 42 del citado Anexo que establece los puntajes máximos para la

instancia de oposición se detectó un error involuntario consistente en consignarse, en

el inciso a), un valor en números que difiere al expresado en letras, siendo el valor

correcto diez (10);

Que con el objeto de asegurar el efectivo desarrollo de los concursos de títulos,

antecedentes y oposición para cubrir los cargos de Rector y Secretario Académico de

los Institutos de Formación Técnico Superior, se propicia rectificar el error material

involuntario mencionado;

Que el Artículo N° 124 del Decreto N° 1.510/97 establece que en cualquier momento

podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos,

siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;

Que en razón de los fundamentos que anteceden, resulta procedente dictar el acto

administrativo que subsane el error material involuntario cometido, rectificando el

Artículo N° 42, inciso a) del Anexo (IF-2016-08994700- DGCLEI) de la Resolución N°

1.189-MEGC/16;

Que la Subsecretaria Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida y la Dirección

General de Aprendizaje a lo Largo de la Vida han brindado su conformidad en los

presentes;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional han tomado la

intervención que les compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectifícase el Artículo N° 42 inciso a) del Anexo (IF-2016-08994700-

DGCLEI) de la Resolución N° 1.189-MEGC/16, que quedará redactado de la siguiente

manera: "ARTÍCULO 42°) La instancia de oposición, presencial indivisa y obligatoria,

consistirá en: a) La defensa del trabajo comprendido en el Artículo 36° y subsiguientes,

hasta diez (10) puntos. b) Contextualización del trabajo presentado en el marco de la

enseñanza técnica superior, sus problemáticas, perspectivas, normativa vigente,

propuestas para mejorar la gestión de las Instituciones y la calidad educativa de los

servicios de nivel superior técnico que se ofrecen en la Ciudad de Buenos Aires, hasta

diez (10) puntos".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, efectúense

las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaria Agencia de Aprendizaje a

lo Largo de la Vida, la Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida

y la Dirección de Educación Técnica Superior, para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archívese. Acuña

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2077-MEDGC/21 rectifica el Artículo N° 42 del Anexo, aprobado por la Resolución Nº 1189-MEGC/16.</p>