RESOLUCIÓN 34 2021 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - ESTATUTO PROVISORIO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD - RESOLUCIÓN N° 1/IUS/18 - SE APRUEBA - ESTATUTO PROVISORIO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO
Publicación:
12/08/2021
Sanción:
21/07/2021
Organismo:
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
VISTO: Las leyes N° 24.521 de Educación Superior y N° 5.689 (texto consolidado
según ley N° 6.347) de creación del Instituto Universitario de Seguridad, la Resolución
N° 1/IUS/18, las Notas N° 20937398/SADIUS/21 y N° 21168091/SAIUS/21, el Informe
N° 21462894/SADIUS/21, el Expediente Electrónico N° 21240046/IUS/21 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante ley N° 5.689 (texto consolidado según ley N° 6.347) se creó el Instituto
Universitario de Seguridad -IUSE-, como institución de educación superior con
jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya oferta académica se
encuentra circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el marco de la Ley de
Educación Superior N° 24.521;
Que el artículo 4 de la ley N° 5.689 (texto consolidado según ley N° 6.347), en
cumplimiento del artículo 49 de la ley N° 24.521, prescribe que el Rector Organizador
conducirá el proceso de formulación del proyecto institucional y del proyecto del
estatuto provisorio en los términos de la ley N° 24.521, permaneciendo en su cargo
hasta tanto se elijan las autoridades que se establezcan en el Estatuto del IUSE;
Que el artículo 5 continúa disponiendo que "Durante el período de organización y
formulación de las exigencias mencionadas en el Artículo 4° de esta Ley, el Instituto
Superior de Seguridad Pública prestará el soporte administrativo y la colaboración que
resulte necesaria para asegurar el normal funcionamiento del Instituto Universitario de
Seguridad";
Que en ese entendimiento, y dado que constituye el primer paso para la puesta en
funcionamiento de una Institución Universitaria, por medio del Anexo IF 2018-
20092213-IUS que forma parte integrante de la Resolución N° 1/IUS/18, se aprobó y
elevó el Estatuto Provisorio del Instituto Universitario de Seguridad, al Ministerio de
Educación de la Nación para su evaluación y aprobación;
Que a través del artículo 1 del Decreto N° 83/AJG/20, se designó al Dr. Gabriel Unrein
como Rector Organizador del Instituto Universitario de Seguridad, facultándolo a
desarrollar todas las acciones conducentes a su diseño y puesta en funcionamiento,
en virtud de haber sido designado mediante Resolución N° 1.042/MJYSGC/19 como
Director del Instituto Superior de Seguridad Pública -ISSP-;
Que conforme establece el artículo 29, inciso a), de la referida ley de educación
superior, las instituciones universitarias al gozar de autonomía académica e
institucional, tienen la atribución de dictar y reformar sus estatutos;
Que dentro de las atribuciones de la Asamblea Universitaria, se encuentra la de
aprobar y reformar el Estatuto, conforme el artículo 12, inciso a) del mismo;
Que durante el período de puesta en funcionamiento institucional del IUSE, y hasta
tanto se conforme la Asamblea Universitaria y demás órganos de gobierno de acuerdo
a lo establecido en el mencionado Estatuto, las funciones asignadas a aquella deben
ser ejercidas por el Rector Organizador o, en caso de vacancia por el Vicerrector;
Que según el artículo 34 de la ley N° 24.521, los estatutos integran una de las
condiciones para el funcionamiento de las instituciones universitarias, constituyendo
un requisito general y debiendo prever explícitamente: su sede principal, los objetivos
de la institución, su estructura organizativa, la integración y funciones de los distintos
órganos de gobierno, así como el régimen de la docencia y de la investigación y
pautas de administración económico-financiera;
Que dada la experiencia colectada en el desarrollo de las actividades que se realizan
en el ámbito de este Instituto Universitario que continua en su etapa organizativa, se
advirtió la necesidad de modificar y actualizar el Estatuto Provisorio en vigor, con el
objetivo de reflejar las cuestiones que en la realidad fueron y deben ser reformadas,
entre las cuales se encuentran: el domicilio de la sede central del establecimiento, la
composición de la Asamblea Universitaria, la estructura y agrupamiento de las
designaciones docentes, el régimen económico-financiero, etcétera;
Que en virtud de ello, y tras el trabajo efectuado conjuntamente entre las diferentes
áreas de esta casa de estudios, mediante Nota N° 20937398/SADIUS/21 se remitió un
proyecto de nuevo Estatuto Provisorio, al cual el Sr. Secretario Académico prestó
absoluta y total conformidad, a través de la Nota N° 21168091/SAIUS/21, elevándolo a
la Secretaria de Administración para su análisis;
Que por medio del IF N° 21462894/SADIUS/21, la Secretaria de Administración
intervino en el marco de su competencia emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;
Que habiendo analizado la mentada propuesta, corresponde dejar sin efecto el
Estatuto que fuera aprobado mediante Resolución N° 1/IUS/18 (IF 2018-20092213-
IUS), y aprobar el nuevo Estatuto Provisorio del Instituto Universitario de Seguridad.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
ARTICULO 1°: Dejar sin efecto el Estatuto Provisorio del Instituto Universitario de
Seguridad que fuera aprobado mediante Anexo IF 2018-20092213-IUS que forma
parte integrante de la Resolución N° 1/IUS/18.
ARTÍCULO 2°: Aprobar el Estatuto Provisorio del Instituto Universitario, cuyo texto
ordenado obra en el Anexo que como IF 2021-21464097-IUS forma parte integrante
de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, para su conocimiento y
demás efectos comuníquese al Ministerio de Educación de la Nación, a la Secretaría
de Administración y a la Secretaría Académica. Cumplido, archívese. Unrein