RESOLUCIÓN 58 2021 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL
Síntesis:
SE MODIFICAN - TÉRMINOS - ANEXO I - ANEXO II - RESOLUCIÓN 29-SSDHPC/21 - PROGRAMA EMPRESAS COMPROMETIDAS CON LOS DERECHOS HUMANOS - NOTA DE SOLICITUD DE ADHESIÓN - SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL
Publicación:
17/08/2021
Sanción:
11/08/2021
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos N° 578/16
y N° 463/19 y modificatorios, las Resoluciones N° 142-AVJG/16 y N° 29-SSDHPC/21,
el Expediente Electrónico N° 13453756-SSDHPC/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 29-SSDHPC/21 se creó el Programa "Empresas
Comprometidas con los Derechos Humanos", en el ámbito de la Subsecretaría de
Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el marco de las facultades otorgadas mediante el Decreto N° 578/16
y la Resolución N° 142-AVJG/16, de conformidad con los lineamientos detallados en el
Anexo I (Informe N° 13548883- SSDHPC/21);
Que el mentado Programa tiene por objeto promover la adopción de buenas prácticas
en Derechos Humanos y Pluralismo Cultural por parte de establecimientos públicos y
privados con domicilio dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en ese sentido el Programa busca brindar las herramientas y el apoyo necesario
para ayudar a identificar, prevenir, mitigar y remediar impactos negativos, reales y
potenciales (riesgos), relacionados con los Derechos Humanos y el Pluralismo Cultural
en las actividades propias de las empresas, sus políticas y sistemas de gestión, así
como a través de sus cadenas de suministro y otras relaciones comerciales;
Que los derechos humanos son derechos y libertades fundamentales que posee toda
persona en virtud de su humanidad, independientemente de su lugar de nacimiento,
sexo, género, cultura, religión, origen, idioma, o cualquier otra condición, así como el
pluralismo cultural es el proceso de interacción e integración bidireccional,
esencialmente arraigado en el mutuo reconocimiento de la riqueza de la diversidad
cultural;
Que en este marco, a los fines de lograr una mayor promoción y difusión de los
derechos humanos y el pluralismo cultural, resulta necesario ampliar el objeto del
Programa "Empresas Comprometidas con los Derechos Humanos" creado mediante
Resolución N° 29-SSDHPC/21 a fin de que puedan adherirse establecimientos
públicos y privados radicados en la República Argentina que desarrollen sus
actividades comerciales dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de los términos del citado Programa es factible el desarrollo en forma
virtual de sus distintas etapas, posibilitando de esta manera el acceso a aquellos
establecimientos que requieran exclusivamente esta modalidad por su ubicación
geográfica u otras situaciones;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se fijaron las Responsabilidades
Primarias de esta Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural
estableciéndose entre sus competencias la de garantizar, promover y difundir los
Derechos Humanos sus valores y principios y el pluralismo social y cultural, a través
de programas y políticas tendientes a valorizar el respeto por la diversidad, así como
también promover buenas prácticas en la administración pública local y estimular la
participación del sector privado y las organizaciones de la sociedad civil en la
promoción y protección de los derechos humanos;
Que cabe destacar que mediante el Decreto N° 578/16, se estableció que el titular de
la Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder
Ejecutivo, aprueban los programas de gestión en el marco de sus respectivas
competencias;
Que en virtud de la Resolución N° 142-AVJG/16, se delegó en esta Subsecretaría de
Derechos Humanos y Pluralismo Cultural la facultad de aprobar programas de gestión
y su reglamentación, en el marco de sus respectivas competencias, todas ellas
descriptas en el Anexo del Decreto N° 463/19 y modificatorios, dentro de la previsión
presupuestaria para el ejercicio que deba ejecutarse;
Que en razón de lo expuesto, resulta oportuno el dictado del presente acto
administrativo que modifique parcialmente los términos del Anexo I (Informe N°
13548883-SSDHPC/21) y de la "Nota de Solicitud de Adhesión", Anexo II (Informe N°
13548994-SSDHPC/21), del Programa "Empresas Comprometidas con los Derechos
Humanos", creado mediante la Resolución N° 29-SSDHPC/21.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 142-AVJG/16,
Artículo 1°.- Modifícanse parcialmente los términos del Anexo I (Informe N° 13548883-
SSDHPC/21) del Programa "Empresas Comprometidas con los Derechos Humanos",
creado mediante la Resolución N° 29-SSDHPC/21, el que quedará redactado
conforme lo establecido en el Informe N° 23561377-SSDHPC/21, que se agrega y
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Modifícanse parcialmente los términos de la "Nota de Solicitud de
Adhesión", Anexo II (Informe N° 13548994-SSDHPC/21), del Programa "Empresas
Comprometidas con los Derechos Humanos", creado mediante la Resolución N° 29-
SSDHPC/21, la que quedará redactada conforme lo establecido en el Informe N°
23561393-SSDHPC/21, que se agrega y forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos, difúndase la presente medida por medio del
sitio web de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Malewicz