RESOLUCIÓN 210 2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

RESOLUCIÓN.EXPTE. N° 210-00 -" CONVOCATORIA A ELECCIONES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES" - PAUTAS PADRÓN.

Publicación:

Sanción:

14/02/2000

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


Visto: el expediente indicado en el epígrafe, y

Considerando:

1. En la Acordada Electoral N° 2/2000 el Tribunal requirió al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el material descripto en su Anexo. Quedó pendiente, por razones atinentes la precisión adecuada de sus características y cantidad necesaria, la solicitud de las urnas que se utilizarán en las mesas de votación (Art. 66 inc. 2 CEN) y de los ejemplares del Código Electoral Nacional (art. 66 inc. 8 CEN) que deben distribuirse en ocasión del comicio.

2. También resulta necesario establecer el formato en que deberá darse impresión al padrón definitivo, para su comunicación, en la oportunidad que corresponda, a la Secretaría de Gobierno, a los fines de su provisión.

Por ello,

La Presidenta

del Tribunal Superior de Justicia

Resuelve:

1°.- Requerir a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la provisión de dieciséis mil (16.000) urnas de cartón como las que la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior provee para las provincias en ocasión de elecciones nacionales (código de referencia: F. 143) y de dieciséis mil (16.000) ejemplares del Código Electoral Nacional tal cual fue impreso por la Imprenta del Congreso de la Nación para las elecciones nacionales del 24 de octubre de 1999 (código de referencia: F 132)

2°.- Hacer saber que dicho material deberá ser puesto a disposición del Tribunal a más tardar el día 3 de abril de 2000 en el lugar donde se procederá a la preparación de las urnas.

3°.- Determinar que la impresión del padrón definitivo deberá ajustarse a las siguientes pautas:

a) Para el día 7 de mayo de 2000 (primera vuelta)

a.1) BLANCO Y NEGRO:

Características:

Un tomo por cada Sección Electoral. Portada de cada tomo: Ver anexo I

Doble faz con 100 líneas de padrón por carilla. (50 a la derecha y 50 a la izquierda).

Contemplará las exigencias del artículo 30 párrafo 1° del CEN.

Encabezamiento de cada carilla:

Primera Línea: Tribunal Superior de Justicia (Donde hoy dice “Registro Electoral...”.

Segunda Línea: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Donde dice “Distrito capital Federal... ”

Tercera Línea: Lista definitiva de electores (o electoras, según el caso) para la elección del 7 de mayo de 2000 (Donde dice “lista definitiva... )

Las restantes características serán las de la impresión en blanco y negro del padrón definitivo del distrito Capital Federal para el comicio del 24/10/1999.

a.2) COLOR:

Características:

simple faz con 84 líneas de padrón por hoja. (42 a la derecha y 42 a la izquierda).

Total de hojas por mesa = 5

En la última hoja, en el espacio libre y a continuación del último elector registrado, deberá imprimirse el sello de la Ciudad, y la firma y sello del Secretario Electoral del Tribunal.

Contemplará las exigencias del artículo 30 párrafo 1° del CEN.

Encabezamiento de cada hoja:

Primera Línea: Tribunal Superior de Justicia (Donde hoy dice “Registro Electoral...”).

Segunda Línea: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Donde dice “Distrito capital Federal... ”)

Tercera Línea: Lista definitiva de electores (o electoras, según el caso) para la elección del 7 de mayo de 2000 (Donde dice “lista definitiva... )

Un ejemplar deberá llevar impresa la leyenda "público" al dorso de cada una de las hojas.

Un segundo ejemplar deberá llevar impresa la leyenda "fiscales" al dorso de cada una de las hojas.

El tercer ejemplar deberá llevar impresa la leyenda "Presidente de Mesa" al dorso de cada una de las hojas.

Las restantes características serán las de la impresión en color del padrón definitivo del distrito Capital Federal para el comicio del 24/10/1999.

b)Para el día 21 de mayo de 2000 (segunda vuelta)

COLOR:

Características:

simple faz con 84 líneas de padrón por hoja. (42 a la derecha y 42 a la izquierda).

Total de hojas por mesa = 5

En la última hoja, en el espacio libre y a continuación del último elector registrado, deberá imprimirse el sello de la Ciudad, y la firma y sello del Secretario Electoral del Tribunal.

Contemplará las exigencias del artículo 30 párrafo 1° del CEN.

Encabezamiento de cada hoja:

Primera Línea: Tribunal Superior de Justicia (Donde hoy dice “Registro Electoral...”).

Segunda Línea: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Donde dice “Distrito capital Federal... ”)

Tercera Línea: Lista definitiva de electores (o electoras, según el caso) para la elección del 21 de mayo de 2000 (Donde dice “lista definitiva... )

Un ejemplar deberá llevar impresa la leyenda "público" al dorso de cada una de las hojas.

Un segundo ejemplar deberá llevar impresa la leyenda "fiscales" al dorso de cada una de las hojas.

El tercer ejemplar deberá llevar impresa la leyenda "Presidente de Mesa" al dorso de cada una de las hojas.

Las restantes características serán las de la impresión en color del padrón definitivo del distrito Capital Federal para el comicio del 24/10/1999.

4°.- Mandar se registre y oficie.


ANEXOS

Anexo I

PADRON DE ELECTORES DE LA CIUDAD

DE BUENOS AIRES

PARA LA ELECCION DEL DÍA 7 DE MAYO DE 2000

Lista definitiva de ELECTORAS

INSCRIPTAS AL 9 DE NOVIEMBRE DE 1999

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SECCION PRIMERA

CIRCUITOS 001 AL 007

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art.66 inc.2 y inc.8