DECRETO 284 2021
Síntesis:
SE DESIGNA - EDUARDO OSCAR GIGENA - SUBDIRECTOR MÉDICO - HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO DR. BRAULIO MOYANO - MINISTERIO DE SALUD.
Publicación:
25/08/2021
Sanción:
23/08/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.035 (texto consolidado según Ley N° 6.347), el Decreto N°
135/21, el Expediente Electrónico N° 21288866-GCABA-SSAH/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.035 se regulan las relaciones de empleo público de los
profesionales de la salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 135/21 se aceptó la renuncia del Dr. Juan Carlos Basani, DNI N°
13.410.925, CUIL N ° 20-13410925-5, como Subdirector Médico con 44 horas
semanales de labor del Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. Braulio Moyano" del Ministerio
de Salud;
Que, encontrándose vacante el cargo de Subdirector/a Médico/a, con 44 horas
semanales de labor, del Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. Braulio Moyano" del Ministerio
de Salud, el señor Ministro de Salud propicia la designación, a partir 1° de julio de
2021, del Dr. Eduardo Oscar Gigena, DNI N° 16.680.717, CUIL N° 20-16680717-5,
reteniendo sin percepción de haberes el cargo titular de Jefe de Unidad Servicio de
Guardia con 40 hs. semanales de labor, Partida 4023.0030.MS.17.014.(G64), del
citado Hospital, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 6.035 de Profesionales de la
Salud;
Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por el artículo 92 de la Ley N°
6.035,
Artículo 1°. - Desígnase, a partir del 1° de julio de 2021, al Dr. Eduardo Oscar Gigena,
DNI N° 16.680.717, CUIL N° 20-16680717-5, como Subdirector Médico, con 44 horas
semanales, del Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. Braulio Moyano" del Ministerio de
Salud, reteniendo sin percepción de haberes el cargo titular de Jefe de Unidad Servicio
de Guardia con 40 hs. semanales de labor, Partida 4023.0030.MS.17.014. (G64) del
citado Hospital, de acuerdo con lo dispuesto en Ley N° 6.035 de Profesionales de la
Salud.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
notifíquese al interesado. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas
del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos
dependiente de la Subsecretaría Administración del Sistema de Salud y a la
Subsecretaría Atención Hospitalaria, ambas dependientes del Ministerio de Salud.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós -
Miguel