DECRETO 286 2021

Síntesis:

SE RATIFICA - ADENDA CONTRACTUAL - CONTRATO INTERADMINISTRATIVO CELEBRADO CON PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA - COBERTURA DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES - ALÍCUOTA - SERVICIO DE COBERTURA DE RIESGOS DEL TRABAJO - PERSONAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - ART

Publicación:

26/08/2021

Sanción:

24/08/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nacionales N° 24.557 y N° 26.773, el Decreto Ley N° 23.354, sus

decretos reglamentarios, las Leyes N° 70 y N° 2.095 (Textos consolidados por Ley N°

6.347), el Decreto N° 333/11, la Resolución N° 115/MTEYSS/2021, el Expediente

Electrónico N° 10.444.843-GCABA-DGCYC-2020, y

CONSIDERANDO:

Que oportunamente se tramitó la contratación de una Aseguradora de Riesgos del

Trabajo para la prestación de la Cobertura de Riesgos del Trabajo del personal del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se suscribió el Contrato Interadministrativo entre el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.,

ratificado mediante Decreto N° 333/11;

Que de acuerdo a diferentes circunstancias se suscribieron diversas adendas

contractuales que modificaron en distintos aspectos al contrato original;

Que en virtud del dictado de la Resolución N° 115/MTEYSS/2021, el Ministerio de

Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación dispuso que la suma fija a abonar

por cada trabajador conjuntamente con la alícuota, establecida en el artículo 5° del

Decreto N° 590/97, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales

(FFEP), será de un valor de PESOS CUARENTA ($ 40.-), a los fines de dotar de

recursos suficientes el mentado Fondo para garantizar adecuadamente el

financiamiento excepcional de la cobertura de las trabajadoras y los trabajadores

alcanzados por los supuestos establecidos en los mencionados Decretos relacionados

con la enfermedad COVID-19;

Que ello originó la suscripción de una nueva Adenda entre Provincia Aseguradora de

Riesgos del Trabajo S.A. y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas, ad-referendum

del Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando la

suma fija actual;

Que en consecuencia y atento lo actuado, es necesario dictar el acto administrativo

por medio del cual se ratifique la Adenda contractual que nos ocupa;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en

concordancia con lo establecido por la Ley N° 1218 (Texto consolidado por Ley N°

6.347).

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, de acuerdo a los

artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratifícase la Adenda Contractual del Contrato Interadministrativo

celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia

Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., que como Anexo I (IF-2021-23953576-

GCABA-MHFGC) forma parte integrante del presente.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, en

prosecución de su trámite, remítase a la Dirección General de Compras y

Contrataciones del Ministerio de Hacienda y Finanzas para su conocimiento y a fin de

notificar fehacientemente a PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL

TRABAJO S.A.. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6201

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 286/21 ratifica la Adenda Contractual del Contrato Interadministrativo celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., quedando modificado el Decreto N° 333/11.</p>