RESOLUCIÓN 14 2021 SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE LA MOVILIDAD
Síntesis:
SE INCLUYE - DECRETO-ORDENANZA 10407/47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRAMOS DE ARTERIAS - 23 DE JUNIO - ENTRE LA CALLE DELFO CABRERA Y CARLOS E SAÉNZ VALIENTE DE NORTE A SUR - NS - Y CARLOS E SAÉNZ VALIENTE - ENTRE LA CALLE 23 DE JUNIO Y EL BOULEVARD OLÍMPICO ZUBIAU JOSÉ BENJAMÍN - DE ESTE A OESTE - E-O - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD
Publicación:
27/08/2021
Sanción:
19/08/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE LA MOVILIDAD
VISTO: La Ley 2148 (Texto Ordenado Ley N° 6347), el Decreto 463/GCABA/2019 y el
EX-2021- 24194173-GCABA-DGGSM, y;
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados tramita una solicitud de cambio de sentido
circulatorio, remitida por parte de la Gerencia Operativa de Gestión de Servicios de la
Movilidad a la Gerencia Operativa de Proyectos de Movilidad, esta última dependiente
de la Dirección General de Diseño e Implementación, la cual depende de esta
Subsecretaría;
Que dicha solicitud, dirigida mediante informe técnico N°IF-2021-24196932-GCABA-
DGGSM, propone alterar el sentido de circulación de la calle 23 de Junio, pasando de
su doble sentido actual a ser sentido Norte-Sur, ello con el propósito de aumentar la
cantidad de plazas de estacionamiento;
Que de conformidad con lo expuesto en el informe elaborado por la Gerencia
Operativa de Proyectos de Movilidad N° IF-2021-24450005-GCABA-DGDEI, se ha
llevado a cabo el estudio del comportamiento circulatorio de las arterias 23 de Junio,
entre Delfo Cabrera y Carlos E. Saénz Valiente y, como consecuencia de la calle
Carlos E. Saénz Valiente, entre 23 de Junio y Boulevard Olímpico Zubiau, José
Benjamín;
Que, según dicho informe, y analizada la cuadrícula circulatoria, "Se concluye
entonces que es viable y beneficioso pasar de doble sentido circulatorio a sentido
único las arterias 23 de Junio entre Delfo Cabrera y E. Sáenz Valiente con sentido
Norte-Sur y Carlos E. Sánz Valiente entre 23 de Junio y Boulevard Olímpico Zubiau,
con sentido Este-Oeste.";
Que el Decreto N° 463/GCBA/19, aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las
responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes
de este Gobierno, contemplando a la Secretaria de Transporte y Obras Públicas como
dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante el citado Decreto se contempló en la órbita de la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad;
Que mediante el citado Decreto y sus modificatorios se contempló como una
Responsabilidad Primaria de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, la de
"Planificar, implementar y evaluar proyectos de transporte y tránsito y/o programas y
servicios que mejoren la movilidad, la circulación y el tránsito en la Ciudad de Buenos
Aires" y la de "Planificar e implementar estudios y proyectos para el ordenamiento de
la circulación vehicular y peatonal coordinando y modernizando los sistemas de
tecnología de tránsito y de información al usuario, en concordancia con las políticas y
planes determinados por los organismos competentes en materia de planeamiento
urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 (noventa) días,
en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado
referido a las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo:
23 de Junio, entre la calle Delfo Cabrera y Carlos E. Saénz Valiente de norte a sur (N-
S), y Carlos E. Saénz Valiente, entre la calle 23 de Junio y el Boulevard Olímpico
Zubiau, José Benjamín, de este a oeste (E-O).
Artículo 2°- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal).
Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Diseño e Implementación para su notificación y comunicación
a la Policía Federal Argentina, a la Policía de la Ciudad, a la Secretaría de Transporte,
a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, a la Subsecretaría de Gestión de la
Movilidad, a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y
Seguridad Vial, a la Unidad de Proyectos Especiales de Infraestructura de la
Movilidad, a la Gerencia Operativa Centro de Monitoreo y Gestión de la Movilidad, al
Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Gerencia Operativa de Mobiliario Urbano,
a la Gerencia Operativa de Ingeniería de Datos. Cumplido, archívese. Capelli