RESOLUCIÓN 3687 1991 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
PRÓRROGA HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1991 (30/09/1991) DE LOS VENCIMIENTOS FIJADOS PARA LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA Y CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL. A.B.L. - IMPUESTOS
Publicación:
27/09/1991
Sanción:
20/09/1991
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto la atribución conferida del Secretario de Hacienda y Finanzas por el artículo 3° de la Ordenanza 44.943 (B.M. N° 19.048) para dispones prórrogas en los vencimientos fijados para la regularización de obligaciones tributarias en mora, y
CONSIDERANDO:
Que ante la gran cantidad de presentaciones efectuadas en materia de los gravámenes inmobiliarios han resultado insuficientes los plazos oportunamente dispuestos;
Que para cumplir con el propósito del régimen de regularización comentado debe facilitarse la presentación de quienes desean acogerse a sus beneficios;
Que en tales condiciones resulta conveniente fijar nuevos plazos para la regularización de las situaciones tributarias;
Por ello,
El Secretario de Hacienda y Finanzas
RESUELVE:
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 30 de septiembre de 1991 el plazo establecido por la Resolución N° 1.967-SH y F-91 para el acogimiento al régimen creado por la Ordenanza N° 44.943 (B.M. N° 19.048) como asimismo la fecha para el pago al contado o ingreso de la primera cuota del plan de facilidades otorgado, correspondiente a las contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras con vencimiento original el 20 de septiembre de 1991.-
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General de Planificación Presupuestaria y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Rentas; cumplido, archívese.