DECRETO 293 2021

Síntesis:

SE DESIGNA - DIRECTOR MÉDICO - INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR - GUILLERMO CLAUDIO BELERENIAN - CON 44 HORAS SEMANALES - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

07/09/2021

Sanción:

03/09/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.035 (texto consolidado según Ley N° 6.347), el Expediente

Electrónico N° 21830871-GCABA-SSAH/21, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.035 se regulan las relaciones de empleo público de los

profesionales de la salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, encontrándose vacante el cargo de Director/a Médico/a, con 44 horas semanales

de labor, del Instituto de Zoonosis "Luis Pasteur", el señor Ministro de Salud propicia la

designación, a partir 1° de julio de 2021, del Dr. Guillermo Claudio Belerenian, DNI N°

14.406.296, CUIL N° 20-14406296-6, reteniendo sin percepción de haberes el cargo

Jefe de División Medicina Veterinaria, titular, con 40 horas semanales de labor, Partida

4096.0000.MS.17.011 (P63) del citado Instituto, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley

N° 6.035 de Profesionales de la Salud;

Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por el artículo 92 de la Ley N°

6.035,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°. - Desígnase, a partir del 1° de julio de 2021, al Dr. Guillermo Claudio

Belerenian, DNI N° 14.406.296, CUIL N° 20-14406296-6, como Director Médico, con

44 horas semanales, del Instituto de Zoonosis "Luis Pasteur" del Ministerio de Salud,

reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe de División Medicina

Veterinaria, titular, con 40 horas semanales de labor, Partida 4096.0000.MS.17.011

(P63) del citado Instituto, de acuerdo con lo dispuesto en Ley N° 6.035 de

Profesionales de la Salud.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

notifíquese al interesado. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas

del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos

dependiente de la Subsecretaría Administración del Sistema de Salud y a la

Subsecretaría Atención Hospitalaria, ambas del Ministerio de Salud. Cumplido,

archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Miguel