DISPOSICIÓN 113 2021 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA
Síntesis:
SE APRUEBA - DECLARACIÓN JURADA - ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO - PROTOCOLO COVID-19 - EVENTO FERIA MIGRA - DÍAS 3 - 4 Y 5 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 - HORARIO DE 13 A 19 HORAS - PARQUE DE LA ESTACIÓN - BIBLIOTECA - GALERÍA Y ANFITEATRO - DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS -PANDEMIA
Publicación:
07/09/2021
Sanción:
01/09/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA
VISTO: La DI-2021-112- GCABA-DGPLBC y el Expediente Electrónico N° EX-2021-
13216257- GCABA-DGPLBC, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición N° 112-DGPLBC-2021 esta Unidad Organizativa aprobó
la realización del evento Feria MIGRA, que se llevará a cabo los días 3, 4 y 5 de
Septiembre del año 2021 en el horario de 13.00 a 19.00 horas en el Parque de la
Estación (Biblioteca, galería y anfiteatro); quedando sujeto su reprogramación para los
días 17, 18 y 19 de Septiembre del año 2021 en el horario de 13.00 a 19.00 horas, por
cuestiones de índole climáticas;
Que a fin de complementar la normativa que regirá dicho evento, corresponde en esta
instancia aprobar la Declaración Jurada que deberán suscribir el público concurrente a
las actividades a desarrollarse en el denominado Anfiteatro del Parque de la Estación
así como también por el personal destinado al desarrollo de la Feria MIGRA;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Apruébase la "Declaración Jurada - Aceptación y Cumplimiento Protocolo
COVID-19" obrante en el Anexo I (IF-2021-25937141-GCABA-DGPLBC) que forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- La Declaración Jurada aprobada en el artículo 1° de la presente deberá
ser suscripta por el público concurrente a las actividades a desarrollarse en el
denominado Anfiteatro del Parque de la Estación así como también por el personal
destinado al desarrollo de la Feria MIGRA la cual fuera aprobada por DI-2021-112-
GCABA-DGPLBC.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Artunduaga