RESOLUCIÓN 1085 2004 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA EL DISEÑO CURRICULAR PARA LA FORMACIÓN DE PROFESORES DE MATEMÁTICA. IMPLEMENTA LA CARRERA EN EL INSTITUTO DE ENSEÑANZA SUPERIOR N° 2 MARIANO ACOSTA - APROBACIÓN - FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA - IMPLEMENTACIÓN - INSTITUTO MARIANO ACOSTA - ACUERDO A-17/CFCYE/97

Publicación:

26/05/2004

Sanción:

21/04/2004

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 421/SED/04, y

CONSIDERANDO:

Que por las mencionadas actuaciones tramita la propuesta del Diseño Curricular para la Formación de Docentes de Matemática que, en el marco de la Resolución N° 1.230/SED/02, ha sido presentada por el Rectorado del Instituto de Enseñanza Superior N° 2 Mariano Acosta;

Que la Dirección de Currícula ha supervisado la elaboración de este plan, el cual se ajusta a los Criterios Curriculares para la Formación Docente de la Ciudad de Buenos Aires establecidos por la citada Resolución;

Que han tomado intervención las Direcciones Generales de Planeamiento y de Educación Superior y la Subsecretaría de Educación, avalando esta última la propuesta formulada;

Que conforme expresa la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, el incremento de la carga horaria correspondiente al Diseño Curricular para la Formación de Docentes en Matemática, cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el Diseño Curricular, correspondiente a la formación de Profesores de Matemática que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2° - Autorízase al Instituto de Enseñanza Superior N° 2 Mariano Acosta a implementar la carrera de Profesor de Matemática de acuerdo con el Diseño aprobado por el artículo 1° de este acto, a partir del ciclo lectivo 2004.

Artículo 3° - Determínase que, de conformidad con lo establecido por el Acuerdo A-14 del Consejo Federal de Cultura y Educación, el título a otorgar será el de Profesor de Matemática.

Artículo 4° - Dispónese que la titulación mencionada en el artículo 3° tendrá en el Sistema Educativo los siguientes alcances:

- Diseñar, conducir y evaluar la enseñanza de Matemática, tanto en los establecimientos de gestión estatal como en los de gestión privada, en el Área de Educación Superior de la Estructura del Sistema Educativo de la Ciudad de Buenos Aires como en la Educación Superior, según la estructura adoptada por otras jurisdicciones del Sistema Educativo Nacional.

NOTA: Los Anexos pueden ser consultados en la Dirección General de de Coordinación Financiera y Contable, Departamento Trámite, dependiente de la Secretaría de Educación, Paseo Colón 255, planta baja.

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