RESOLUCIÓN 108 2021 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
Síntesis:
SE CONSIDERA FACTIBLE - PROPUESTA - IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SA - CONVENIO URBANÍSTICO - INMUEBLE SITO EN AV. ESPAÑA 2230-2240 - IDENTIFICACION CATASTRAL CIRCUNSCRIPCIÓN 21 - SECCIÓN 096 - MANZANA 020 - PARCELA 0000 - SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
Publicación:
27/09/2021
Sanción:
18/07/2021
Organismo:
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
VISTO: La Ley N° 6.099 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su modificatoria, el
Decreto N° 475/20, las Resoluciones Nros. 119-SECDU/20, 1-SECDU/21, 37-
SECDU/21, 38-SECDU/21, 57-SECDU/21 y 69- SECDU/21, el Expediente Electrónico
EX-15020046-GCABA-SECDU/21; y,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de factibilidad de
Convenio Urbanístico para el inmueble sito en Avenida España 2230/2240
Nomenclatura Catastral Circunscripción 21, Sección 096, Manzana 020, Parcela 0000,
efectuada por Gastón Lernoud y Ezequiel Barenboim, DNI N° 20.383.988 y 24.662.890
respectivamente, en su carácter de apoderados de la firma e IRSA INVERSIONES Y
REPRESENTACIONES SA.
Que mediante la Ley N° 6.099 y su modificatoria, se aprobó el Código Urbanístico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que mediante el artículo 10.9 del Código Urbanístico se facultó al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a celebrar Convenios Urbanísticos con organismos
provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las
Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, o con
particulares;
Que mediante el Decreto N° 475/20, se aprobó la reglamentación del aludido artículo y
se estableció a la Secretaría de Desarrollo Urbano dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros o el organismo que en el futuro lo reemplace, como autoridad de
aplicación de la Ley N° 6.099;
Que, asimismo, el mentado Decreto facultó a dicha Secretaría a realizar los llamados a
convocatorias para la presentación de propuestas de Convenios Urbanísticos, aprobar
su metodología de evaluación, así como dictar cualquier otra norma complementaria o
aclaratoria en el marco de las mismas;
Que por medio de la Resolución N° 119-SECDU/20, rectificada por Resolución N° 37-
SECDU/21, se aprobó la "Metodología de evaluación del impacto urbano de las
propuestas de convenios urbanísticos" y la "Metodología de evaluación de la
valorización del suelo, compensación suficiente y contraprestaciones de las
propuestas de convenios urbanísticos";
Que, por otro lado, por medio de la Resolución N° 1-SECDU/21, rectificada por
Resolución N° 38-SECDU/21, se llamó a la "Convocatoria de Convenios Urbanísticos
de Proyectos Urbanos Innovadores", disponiéndose que la presentación de los
Proyectos debía efectuarse desde las 10 horas del día 01 de marzo de 2021 hasta las
17 horas del día 30 de abril de 2021 aprobando, asimismo, las Bases y Condiciones
que rigen la mentada Convocatoria;
Que mediante la Resolución N° 57-SECDU/21, modificada por Resolución N° 69-
SECDU/21 se prorrogó el llamado a la "Convocatoria de Convenios Urbanísticos de
Proyectos Urbanos Innovadores", disponiéndose que la presentación de los Proyectos
debía efectuarse hasta las 23:59 horas del día 14 de mayo de 2021;
Que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría Gestión
Urbana de esta Secretaría, remitió la documentación catastral obrante en dicha
dependencia, convalidando los datos correspondientes al inmueble en cuestión,
conforme se desprende del Informe NO-2021- 21192452-GCABA-DGROC-2021;
Que, conforme surge de los Informes IF-2021-18711297-GCABA- SECDU y NO-2021-
21200698-GCABA-
DGPLUR rectificado mediante IF-2021-21202718-GCABA-
DGPLUR la documentación presentada cumple con los requerimientos consignados
en los puntos 10.9.7.2 Documentación administrativa y 10.9.7.3 Documentación
técnica del Anexo I del Decreto N° 475/20, reglamentario del artículo 10.9. "Convenios
Urbanísticos de la Ley N° 6.099 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que, por otro lado, la Dirección General de Interpretación Urbanística de la
Subsecretaría Gestión Urbana de esta Secretaría, consideró pertinente la suscripción
del Convenio Urbanístico de marras, en el marco de la Ley N° 6.099 y su modificatoria
(NO 2021- 21189739 GCABA DGIUR);
Que, en similar sentido, mediante NO-2021-21033583-GCABA-DGAUR, la Dirección
General de Antropología Urbana dependiente de esta Secretaría, tomó debida
intervención, realizando un análisis pormenorizado del impacto urbano del proyecto
arquitectónico en función a una serie de atributos urbanísticos, en concordancia con
los criterios generales establecidos por el Plan Urbano Ambiental, concluyendo que el
mismo brinda u aporte urbanístico por la reformulación del espacio libre y la cesión de
superficie para el uso público peatonal, conforme se desprende del Informe ;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por las reparticiones mencionadas, corresponde el
dictado del acto administrativo que disponga la factibilidad del proyecto.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el punto 10.9.7.4 del Anexo I del
Decreto N° 475/20,
Artículo 1°.- Consideráse factible la propuesta presentada por IRSA INVERSIONES Y
REPRESENTACIONES SA para suscribir Convenio Urbanístico con el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos de conformidad a lo establecido en el artículo 10.9 del
Código Urbanístico, aprobado por Ley N° 6.099 y su modificatoria conforme los
términos del informe IF-2021-21208075-GCABA-SECDU que como Anexo I forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
al interesado. Cumplido, archívese. García Resta