DECRETO 313 2021
Síntesis:
SE ACEPTA RENUNCIA - RUBÉN OMAR ARRIOLA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO - SUBSECRETARÍA ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN.
Publicación:
07/10/2021
Sanción:
06/10/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6347), los Decretos Nros.
463/19 y sus modificatorios, y 230/20, el Expediente Electrónico N° 28894614-GCABA-
DGTALMDEP/21, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del citado Ministerio;
Que, por el Decreto N° 230/20, se designó oportunamente al señor Rubén Omar
Arriola, D.N.I. 12.096.034, C.U.I.L. N° 20-12096034-3, como Director General de la
Dirección General Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno
dependiente de la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción;
Que el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo aludido a partir del
30 de septiembre de 2021;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción
propicia la aceptación de la mencionada renuncia;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 30 de septiembre de 2021, la renuncia presentada
por el señor Rubén Omar Arriola D.N.I. 12.096.034 C.U.I.L. N° 20-12096034-3, al
cargo de Director General de la Dirección General Relocalización y Gestión Integral de
Edificios de Gobierno, dependiente de la Subsecretaría Administración de Bienes
Inmuebles, del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.347), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel