ACORDADA 41 2021 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

LA PRESENTE NORMA TIENE INCORPORADA LA FE DE ERRATAS PUBLICADA EN BOCBA 6237 DE FECHA 18 DE OCTUBRE DE 2021, LA CUAL INDICA QUE POR UN ERROR MATERIAL DEL BOLETÍN OFICIAL SE PUBLICÓ LA ACORDADA N.° 41/TSJ/21 SIN SU ANEXO EN LA EDICIÓN N° 6234 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2021 - SE SUSTITUYEN ARTÍCULOS 1 - 21-  DEL REGLAMENTO INTERNO - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Publicación:

13/10/2021

Sanción:

29/09/2021

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


Buenos Aires, 29 de septiembre de 2021

Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M.

WEINBERG, su vicepresidenta, la jueza Marcela DE LANGHE, la jueza Alicia E. C.

RUIZ, el juez Luis Francisco LOZANO, el juez Santiago OTAMENDI y;

VISTO: la Acordada n° 7/1998 y sus modificatorias; las Acordadas 2/2021, 3/2021,

4/2021, 5/2021, 22/2021, 27/2021 y 35/2021 y la Acordada n° 17/2021;

CONSIDERAN:

La Acordada n° 7/1998 y sus modificatorias, aprobaron el Reglamento Interno de este

Tribunal Superior de Justicia. Las Acordadas n° 2/2021, 3/2021, 4/2021, 5/2021,

22/2021, 27/2021 y 35/2021 establecieron las estructuras funcionales vigentes a la

fecha en este Tribunal. La Acordada n° 17/2021, por su parte, ha establecido los

cargos contemplados en el escalafón del Tribunal.

Dicho ello, vale recordar que el artículo 1 del Reglamento Interno establece el ámbito

personal de aplicación y denominaciones del Tribunal. En otro orden, el artículo 21 del

mismo cuerpo normativo dispone -en lo que hace a licencias e inasistencias- la

competencia para su concesión.

Así, y a los efectos de adecuar las denominaciones conforme lo determinado en las

estructuras funcionales aprobadas, el escalafón vigente en este Tribunal, y también

optimizar la gestión de cada área, se entiende conveniente ajustar el texto del

Reglamento interno, adecuándolo a las necesidades operativas de este Tribunal

Superior.

Asimismo, es aconsejable aprobar como anexo a la presente el texto vigente

actualizado del Reglamento Interno.

La Asesoría Jurídica se pronunció a través de sus dictámenes DT-2021-25869/ 29464-

AJURIDICA, sin formular observaciones al respecto.

Por ello, en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución

de la Ciudad;

ACUERDAN:

1. SUSTITUIR el art. 1 del Reglamento Interno del Tribunal Superior de Justicia, el que

quedará redactado de la siguiente forma:

"1. Ámbito personal de aplicación y denominaciones: Este reglamento

comprende a los jueces, funcionarios y empleados de la planta permanente,

transitoria y contratados, que presten servicios en el Tribunal Superior de

Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las tareas que en él sean

realizadas en cumplimiento de sus competencias. Sus magistrados se

denominarán jueces o ministros o vocales del Tribunal Superior. Revisten el

carácter de funcionarios del Tribunal quienes se desempeñen como:

`Secretario Judicial'; `Director General de Administración'; `Director General de

Administración Adjunto'; `Secretario Letrado'; `Subdirector General'; `Asesor

Jurídico'; `Asesor de Control de Gestión'; `Director'; `Prosecretario Letrado';

`Asesor (Biblioteca e Informática)' y `Prosecretario Administrativo'. El personal

restante tendrá categoría de empleado del Tribunal Superior y sus cargos se

denominarán conforme lo que establece el escalafón del Tribunal. Los

Ministros, los Secretarios Judiciales, el Director General de Administración, el

Asesor Jurídico, el Asesor de Control de Gestión, el Secretario Ejecutivo del

Centro de Formación Judicial, el Secretario de Presidencia y los Directores, son

jefes de oficina de sus respectivas áreas."

2. SUSTITUIR el art. 21 del Reglamento Interno del Tribunal Superior de Justicia, el

que quedará redactado de la siguiente forma:

"CAPITULO 5

Licencias e inasistencias

21. Competencia para la concesión: Salvo el caso de feria judicial, las licencias

son comunicadas por los jueces al Presidente y por este último al

Vicepresidente.

El presidente concede las licencias de los Secretarios y Directores a su cargo,

Secretarios Judiciales, del Asesor Jurídico, del Asesor de Control de Gestión y

del Director General de Administración. Cada uno de los jueces concede las

licencias de los funcionarios y empleados afectados a su vocalía, los Ministros

que coordinen oficinas conceden las licencias del personal que preste

funciones en ellas y el miembro del Tribunal Superior de Justicia que integre el

Consejo Académico del Centro de Formación Judicial lo hace respecto de su

Secretario Ejecutivo. Los jefes de oficina conceden las licencias de los

funcionarios y empleados a su cargo. Esta función puede ser delegada en otro

Magistrado o Funcionario del Tribunal, decisión ésta que deberá comunicarse a

la Dirección de Recursos Humanos."

3. APROBAR el texto vigente actualizado del Reglamento del Tribunal Superior de

Justicia, que como Anexo I forma parte de la presente, con la inclusión de las

modificaciones aquí aprobadas.

4. MANDAR se registre, se notifique al personal y se publique por un (1) día en el

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Weinberg - Lozano - Ruiz -

de Langhe - Otamendi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6234

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Punto 1 Acordada 41-TSJ-21 sustituye el art. 1 de la Acordada 7-TSJ-98.</p><p>Punto 2 sustituye el art. 21.</p>