ACORDADA 41 2021 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
LA PRESENTE NORMA TIENE INCORPORADA LA FE DE ERRATAS PUBLICADA EN BOCBA 6237 DE FECHA 18 DE OCTUBRE DE 2021, LA CUAL INDICA QUE POR UN ERROR MATERIAL DEL BOLETÍN OFICIAL SE PUBLICÓ LA ACORDADA N.° 41/TSJ/21 SIN SU ANEXO EN LA EDICIÓN N° 6234 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2021 - SE SUSTITUYEN ARTÍCULOS 1 - 21- DEL REGLAMENTO INTERNO - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Publicación:
13/10/2021
Sanción:
29/09/2021
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Buenos Aires, 29 de septiembre de 2021
Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M.
WEINBERG, su vicepresidenta, la jueza Marcela DE LANGHE, la jueza Alicia E. C.
RUIZ, el juez Luis Francisco LOZANO, el juez Santiago OTAMENDI y;
VISTO: la Acordada n° 7/1998 y sus modificatorias; las Acordadas 2/2021, 3/2021,
4/2021, 5/2021, 22/2021, 27/2021 y 35/2021 y la Acordada n° 17/2021;
CONSIDERAN:
La Acordada n° 7/1998 y sus modificatorias, aprobaron el Reglamento Interno de este
Tribunal Superior de Justicia. Las Acordadas n° 2/2021, 3/2021, 4/2021, 5/2021,
22/2021, 27/2021 y 35/2021 establecieron las estructuras funcionales vigentes a la
fecha en este Tribunal. La Acordada n° 17/2021, por su parte, ha establecido los
cargos contemplados en el escalafón del Tribunal.
Dicho ello, vale recordar que el artículo 1 del Reglamento Interno establece el ámbito
personal de aplicación y denominaciones del Tribunal. En otro orden, el artículo 21 del
mismo cuerpo normativo dispone -en lo que hace a licencias e inasistencias- la
competencia para su concesión.
Así, y a los efectos de adecuar las denominaciones conforme lo determinado en las
estructuras funcionales aprobadas, el escalafón vigente en este Tribunal, y también
optimizar la gestión de cada área, se entiende conveniente ajustar el texto del
Reglamento interno, adecuándolo a las necesidades operativas de este Tribunal
Superior.
Asimismo, es aconsejable aprobar como anexo a la presente el texto vigente
actualizado del Reglamento Interno.
La Asesoría Jurídica se pronunció a través de sus dictámenes DT-2021-25869/ 29464-
AJURIDICA, sin formular observaciones al respecto.
Por ello, en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución
de la Ciudad;
ACUERDAN:
1. SUSTITUIR el art. 1 del Reglamento Interno del Tribunal Superior de Justicia, el que
quedará redactado de la siguiente forma:
"1. Ámbito personal de aplicación y denominaciones: Este reglamento
comprende a los jueces, funcionarios y empleados de la planta permanente,
transitoria y contratados, que presten servicios en el Tribunal Superior de
Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las tareas que en él sean
realizadas en cumplimiento de sus competencias. Sus magistrados se
denominarán jueces o ministros o vocales del Tribunal Superior. Revisten el
carácter de funcionarios del Tribunal quienes se desempeñen como:
`Secretario Judicial'; `Director General de Administración'; `Director General de
Administración Adjunto'; `Secretario Letrado'; `Subdirector General'; `Asesor
Jurídico'; `Asesor de Control de Gestión'; `Director'; `Prosecretario Letrado';
`Asesor (Biblioteca e Informática)' y `Prosecretario Administrativo'. El personal
restante tendrá categoría de empleado del Tribunal Superior y sus cargos se
denominarán conforme lo que establece el escalafón del Tribunal. Los
Ministros, los Secretarios Judiciales, el Director General de Administración, el
Asesor Jurídico, el Asesor de Control de Gestión, el Secretario Ejecutivo del
Centro de Formación Judicial, el Secretario de Presidencia y los Directores, son
jefes de oficina de sus respectivas áreas."
2. SUSTITUIR el art. 21 del Reglamento Interno del Tribunal Superior de Justicia, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
"CAPITULO 5
Licencias e inasistencias
21. Competencia para la concesión: Salvo el caso de feria judicial, las licencias
son comunicadas por los jueces al Presidente y por este último al
Vicepresidente.
El presidente concede las licencias de los Secretarios y Directores a su cargo,
Secretarios Judiciales, del Asesor Jurídico, del Asesor de Control de Gestión y
del Director General de Administración. Cada uno de los jueces concede las
licencias de los funcionarios y empleados afectados a su vocalía, los Ministros
que coordinen oficinas conceden las licencias del personal que preste
funciones en ellas y el miembro del Tribunal Superior de Justicia que integre el
Consejo Académico del Centro de Formación Judicial lo hace respecto de su
Secretario Ejecutivo. Los jefes de oficina conceden las licencias de los
funcionarios y empleados a su cargo. Esta función puede ser delegada en otro
Magistrado o Funcionario del Tribunal, decisión ésta que deberá comunicarse a
la Dirección de Recursos Humanos."
3. APROBAR el texto vigente actualizado del Reglamento del Tribunal Superior de
Justicia, que como Anexo I forma parte de la presente, con la inclusión de las
modificaciones aquí aprobadas.
4. MANDAR se registre, se notifique al personal y se publique por un (1) día en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Weinberg - Lozano - Ruiz -
de Langhe - Otamendi