RESOLUCIÓN 2693 2021 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - DISCUSIÓN ENTRE COMITÉS DE ÉTICA EN INVESTIGACIÓN SOBRE ASPECTOS ÉTICOS DE ESTUDIOS MULTICÉNTRICOS - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
20/10/2021
Sanción:
15/10/2021
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ley N° 3.301, el Decreto N° 58/2011, la Resolución N° 716/MSGC/2011 y
el Expediente N° EX-2021-26711314- -GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en
Salud establece el régimen jurídico para la protección de seres humanos en
actividades de investigación en salud;
Que conforme el artículo N° 25 de la citada ley el Ministerio de Salud de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación;
Que mediante Decreto N° 58/2011 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 3.301 de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la misma;
Que el artículo 2° del Decreto referenciado faculta al titular del Ministerio de Salud a
dictar las normas complementarias y reglamentarias, y a suscribir los convenios que
sean necesarios para la aplicación de dicha norma;
Que la Resolución N° 716/MSGC/2011 conformó el Comité Central de Ética en
Investigación (CCE);
Que dentro de las funciones de dicho Comité Central se encuentran, entre otras, las
de crear un registro de los Comités de Ética en Investigación (CEI) y acreditar la
constitución, funcionamiento y criterios de evaluación de los CEI públicos y privados;
Que, en ese contexto, luego de ser deliberado en el marco de sus reuniones regulares,
el Comité Central de Ética en Investigación ha establecido un procedimiento para
facilitar y optimizar la evaluación de proyectos de investigación multicéntricos que se
presenten ante distintos comités de ética en investigación acreditados (públicos y
privados) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante un dispositivo optativo,
bajo la coordinación del Comité Central de Ética en Investigación;
Que conforme establece la Ley N° 3.301, son funciones de los Comités de Ética en
Investigación, entre otras, la revisión ética, la aprobación y seguimiento de las
investigaciones y aprobar, rechazar, solicitar cambios o suspender una investigación
clínica realizada en su institución respectiva;
Que, la participación en el presente procedimiento no implicará la renuncia a ninguna
de las competencias específicas propias de cada CEI, los cuales conservarán todas
las atribuciones otorgadas a través de la legislación vigente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo N° 25 de la Ley N°
3.301 y el artículo N° 2 del Decreto N° 58/11,
Artículo 1°.- Apruébase el "Procedimiento para la discusión entre comités de ética en
Investigación sobre aspectos éticos de estudios multicéntricos a desarrollarse en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que como Anexo N° IF-2021-26624811-GCABA-
DGDIYDP forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos gírese a la Dirección General Docencia, Investigación y
Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós