DECRETO 350 2021
Síntesis:
SE RATIFICA - HÉCTOR RODOLFO GATTO - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA POLÍTICAS GASTRONÓMICAS - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS
Publicación:
11/11/2021
Sanción:
09/11/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros
463/19 y sus modificatorios, 337/21, 31/20, el Expediente Electrónico N° 33961683-
GCABA-DGTALMDEP/21, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el artículo 2° de la citada Ley, se contempló entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por Decreto N° 463/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del citado Ministerio;
Que, por Decreto N° 31/20 se designó oportunamente al señor Héctor Rodolfo Gatto,
DNI 28.640.456, CUIL 20-28640456-2, como Subsecretario de la Subsecretaría
Bienestar Ciudadano dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción;
Que, por Decreto N° 337/21 se modificó la denominación y las responsabilidades
primarias de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción, la que pasó a denominarse, Subsecretaría de Políticas
Gastronómicas;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción
propicia la ratificación, a partir del 1° de noviembre de 2021, del señor Héctor Rodolfo
Gatto DNI N° 28.640.456, CUIL N° 20-28640456-2, como Subsecretario de la
Subsecretaría Políticas Gastronómicas;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratifícase, a partir del 1° de noviembre de 2021, al señor Héctor Rodolfo
Gatto DNI N° 28.640.456, CUIL N° 20-28640456-2, como Subsecretario de la
Subsecretaría Políticas Gastronómicas, dependiente del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel