RESOLUCIÓN 5103 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE DESIGNA - GERENTE OPERATIVA - GERENCIA OPERATIVA ATENCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA - LILA ARACELI BACIGALUPO - CARÁCTER TRANSITORIO - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER - SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PERSONAL FAMILIAR Y COMUNITARIO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
23/11/2021
Sanción:
18/11/2021
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los
Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 463/19 y modificatorios, la Resolución N°
3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria, el Expediente Electrónico N° 25956629-
GCABA-DGDIM-2021, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales;
Que por Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria se aprobaron las
disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Informe Número IF-2021-29515208-GCABA-DGMUJ la Dirección
General de la Mujer dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso i) del artículo 3° del
Anexo I de la mentada Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19;
Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria, el Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat propicia la designación de la Sra. Lila Araceli Bacigalupo,
DNI N° 30.887.062, CUIL N° 27-30887062-1, como Gerente Operativa de la Gerencia
Operativa Atención Integral a las Víctimas de Violencia, de la Dirección General de la
Mujer, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario;
Que por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 se
estableció que el cese del personal designado con carácter transitorio en cargos de
régimen gerencial no otorgará, en ningún caso, derecho a la percepción de monto
indemnizatorio alguno;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente
propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley N° 471, y ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos por la
normativa en vigencia;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 12 de la Ley N°
6.292,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 02 de septiembre de 2021, con carácter transitorio,
a la Sra. Lila Araceli Bacigalupo, DNI N° 30.887.062, CUIL N° 27-30887062-1, como
Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Atención Integral a las Víctimas de
Violencia, de la Dirección General de la Mujer, de la Subsecretaría de Fortalecimiento
Personal, Familiar y Comunitario, del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.
Artículo 2°.-Déjase establecido que la designación de la agente mencionada en el
artículo anterior reviste carácter transitorio y podrá cesar en el cargo de régimen
gerencial sin derecho a la percepción de monto indemnizatorio alguno, de conformidad
a lo establecido en el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-
MEFGC/19.
Artículo 3°.- Establézcase que la agente designada en el artículo 1°, deberá acreditar
de manera fehaciente, en el plazo perentorio de sesenta (60) días corridos desde la
notificación de la presente Resolución, ante la Dirección General de la Mujer, el
cumplimiento de la capacitación prevista en el artículo 3° bis del Anexo I de la
Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes,
Desarrollo del Servicio Civil, Técnica, Administrativa y Legal y a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, todas ellas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de
la Mujer, del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, debiendo esta última notificar
fehacientemente a la interesada. Mura