DECRETO 382 2021

Síntesis:

SE SANCIONA CON CESANTÍA - DOCENTE - BEATRIZ ALICIA MONTOYA - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

07/12/2021

Sanción:

02/12/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,

aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, la Ordenanza N° 40.593

(textos consolidados por Ley N° 6.347), la Resolución N° 549/MEGC/11, el Expediente

Electrónico N° 32.374.881-GCABA-DGCLEI/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 549/MEGC/11 se dispuso la instrucción del Sumario

Administrativo N° 65/11, a fin de investigar los hechos y deslindar las

responsabilidades que pudieran corresponder respecto a las causas invocadas y

documentadas por la docente Beatriz Alicia Montoya (DNI N° 16.299.654 - F.C. N°

341.555), con el fin de gestionar el otorgamiento de la franquicia del actual artículo N°

71 de la Ordenanza N° 40.593;

Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas

recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la agente

Beatriz Alicia Montoya;

Que, habida cuenta de las pruebas obrantes, se le formularon los respectivos cargos

administrativos acorde los términos de la intervención de la Junta de Disciplina;

Que la agente Montoya fue debidamente notificada de su derecho a tomar vista de las

actuaciones para ofrecer descargo y prueba, presentando su correspondiente defensa,

ofreciendo prueba documental y testimonial, la cual fuera producida oportunamente;

Que, consecuentemente, habiendo sido notificada debidamente de la vista y el plazo

para alegar, la agente Montoya dejó vencer el plazo, no haciendo uso de su derecho;

Que, posteriormente, se dispuso la clausura de la etapa de instrucción;

Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires, mediante Dictamen identificado como N° IF-2018-28595514-DGSUM,

aconsejó sancionar con cesantía a la agente Beatriz Alicia Montoya (DNI N°

16.299.654 - F.C. N° 341.555), por haber sido hallada responsable de los cargos

formulados en autos y, con ello, haber infringido los deberes establecidos en el artículo

6°, inciso g), de la Ordenanza N° 40.593, quedando aprehendida su conducta en la

previsión contemplada en el artículo N° 36, inciso f), del citado plexo normativo;

Que la Junta de Disciplina tomó intervención, mediante Dictamen de Firma Conjunta

identificado como N° IF-2019-06749209-GCABA-DGCDO, coincidiendo con la sanción

expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la

Ciudad;

Que conforme surge de los actuados, la docente no se encuentra amparada con

mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551;

Que, atento a ello, corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo

aplicando la sanción de cesantía;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo N° 38 de la

Ordenanza N° 40.593,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sanciónase con cesantía a la agente Beatriz Alicia Montoya (DNI N°

16.299.654 - F.C. N° 341.555), por haber sido hallada responsable de los cargos

formulados en el sumario administrativo 65/11 y, con ello, haber infringido los deberes

establecidos en el artículo 6°, inciso g), de la Ordenanza N° 40.593, quedando

aprehendida su conducta en la previsión contemplada en el artículo N° 36, inciso f), del

citado plexo normativo.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a la interesada Beatriz Alicia Montoya (DNI N° 16.299.654 - F.C. N° 341.555), en los

términos del artículo N° 63 del Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N°

6.347), haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin

perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de

reconsideración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 50 de la Ordenanza

N° 40.593 o el recurso previsto en el artículo N° 464 del Código Contencioso

Administrativo y Tributario, aprobado por Ley N° 189. Comuníquese a la Subsecretaría

de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas,

a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio

de Educación y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la

Ciudad. Cumplido pase a la Dirección General de Empleo Público de la Procuración

General de la Ciudad a los fines instados en el dictamen identificado como N° IF-2018-

28595514-DGSUM (punto 9). Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -

Miguel