RESOLUCIÓN 3130 2021 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
VIGENCIA ESPECIAL: A PARTIR DE LAS 0 HORAS DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2021 - SE APRUEBA PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN - NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD - PRÁCTICAS MÉDICAS - INCREMENTO - AUMENTO - HOSPITALES
Publicación:
07/12/2021
Sanción:
01/12/2021
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Los Decretos Nros. 468/94 y 208/01, las Resoluciones Nros. 352-MSGC/16;
336- MSGC/17; 404- MSGC/18; 1794-MSGC/18; 2529-MSGC/18; 598-MSGC/19;
1227-MSGC/19; 2148-MSGC/19; 3028- MSGC/19, 577-MSGC/20; 856-MSGC/20;
1191-MSGC/20; 1291- MSGC/20; 1896-MSGC/20; 1949- MSGC/20; 2530-MSGC/20;
2716-MSGC/20, 2737-MSGC/20; 2902-MSGC/20; 430-MSGC/2021; 974- MSGC/21;
1471-MSGC/21; 2286-MSGC/21 y el Expediente Electrónico N° EX-2021- 36144800- -
GCABA-DGCTFS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que
proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de
Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que el Decreto N° 208/01 encomendó a la entonces Secretaría de Salud la fijación de
los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones
brindadas por sus efectores, correspondiendo hoy esas atribuciones al Ministerio de
Salud;
Que la Resolución N° 2716-MSGC-20 designó la conformación de la nueva Comisión
Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que la mencionada Comisión presentó una propuesta de actualización del
Nomenclador de Prestaciones de Salud, para regir a partir del 1 de diciembre de 2021;
Que dicha propuesta contiene un incremento diferenciado para las prácticas, cuyos
valores se consignan en Nota elevada por el Coordinador de la citada Comisión de
Actualización del Nomenclador, identificada como Informe N° IF-2021-36152700-
GCABA-DGCTFS;
Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención que le
corresponde;
Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,
Artículo 1°.- Apruébase la propuesta de actualización del Nomenclador de
Prestaciones de Salud como Anexo "I", registrado como informe N° IF-2021-
36154067-GCABA-DGCTFS, que forma parte integral de la presente.
Artículo 2°.- Déjase establecido que el nuevo Nomenclador de Prestaciones de Salud
comenzará a regir a partir de las 0 horas del 1 de diciembre de 2021.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y
Gestión en Red, a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de
Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración
del Sistema de Salud, a la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y
Financiamiento en Salud, a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria,
a la Dirección General Legal y Técnica. Cumplido archívese. González Bernaldo de
Quirós