DECRETO 389 2021
Síntesis:
SE ACEPTA - RENUNCIA - JUAN PABLO ARENAZA - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
13/12/2021
Sanción:
09/12/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros.
463/19, y sus modificatorios, y 474/19, el Expediente Electrónico N° 36067274-
GCABA-DGTALMJYS/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que por Decreto N°463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del citado Ministerio;
Que por Decreto N° 474/19 se designó al señor Juan Pablo Arenaza, D.N.I. N°
23.126.543, CUIL N° 20-23126543-1, como Subsecretario de la Subsecretaría de
Participación Ciudadana en Seguridad, dependiente de la ex Secretaria de Justicia y
Seguridad, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que el señor Juan Pablo Arenaza ha presentado su renuncia a dicho cargo, a partir
del día 30 de noviembre de 2021;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Justicia y Seguridad propicia la aceptación
de la renuncia, a partir del día 30 de noviembre de 2021, presentada por el señor Juan
Pablo Arenaza, como Subsecretario de la Subsecretaría Participación Ciudadana en
Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Acéptase, a partir del día 30 de noviembre de 2021, la renuncia
presentada por el señor Juan Pablo Arenaza, D.N.I. N° 23.126.543, CUIL N° 20-
23126543-1, al cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Participación
Ciudadana en Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y
Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357, comuníquese a la Subsecretaría Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio
de Justicia y Seguridad. Cumplido, Archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
DôAlessandro - Miguel