DISPOSICIÓN 55 2021 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

SE ESTABLECE PLAZO - REEMPADRONAMIENTO ANUAL - INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE ASPIRANTES A EXPLOTAR LOS ESPACIOS PARA PEQUEÑOS COMERCIOS - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Publicación:

13/12/2021

Sanción:

12/11/2021

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: La Ley Nacional N° 24.308, La Ley N° 447, los Decretos N° 1.553/97 y

1.187/08 GCBA, las Resoluciones N° 4 COPIDIS/2016 y 42-COPIDIS/2016, el EX-

2021-33413487-GCBA- COPIDIS, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley N° 24.308 que sustituye el artículo 11 de la Ley N° 22.431,

dispuso que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, está obligado a

otorgar en concesión a Personas con Discapacidad, Espacios para Explotar Pequeños

Comercios; en toda sede administrativa.

Que la Ley N° 447, creó en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS) que establece un régimen básico e Integral para la

prevención, rehabilitación, equiparación de posibilidades y oportunidades y para la

participación e inclusión plena en la sociedad de las Personas con Discapacidad;

Que a los fines previstos en la citada Ley N° 24.308, mediante el Decreto N° 1.553/97

se creó el Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios,

referidos en el artículo 1° de la Ley N° 24.308;

Que por Decreto N° 1.187/08, se delegó en la hoy Comisión para la Plena

Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) la

actualización, control, administración e inscripción de los interesados en el Registro de

Aspirantes, creado por el Decreto N° 1553/GCBA/97;

Que mediante la Resolución N° 4-COPIDIS/2016 se estableció el procedimiento de

selección de aspirantes para la adjudicación de un Pequeño Comercio a aquellos

inscriptos en el "Registro de Aspirantes a explotar los espacios para Pequeños

Comercios" que administra COPIDIS;

Que la normativa establece la obligación de convocar un Reempadronamiento para

que anualmente los inscriptos en el Registro manifiesten su intención de permanecer

en el mismo, presentándose en las oficinas de COPIDIS con el objeto de firmar un

certificado de permanencia y que de no presentarse ante esta convocatoria serán

automáticamente dados de baja en el citado registro;

Que en ese sentido, desde la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad se llevará adelante el Reempadronamiento desde el día

20 de diciembre de 2021 hasta el 21 de enero de 2022 inclusive, de 10,30 a 14,30 hs,

en la sede de Av. Belgrano 838 de esta ciudad, conforme lo indicado en el IF-2021-

34547306-GCABA-COPIDIS;

Que con carácter excepcional, y en atención a las medidas sanitarias vigentes en el

marco de la pandemia del COVID-19, corresponde habilitar la opción de hacer el

trámite de manera virtual dirigiéndose al correo electrónico

copidis_registro@buenosaires.gob.ar, solicitando hacerlo de ese modo.

Que las personas interesadas en seguir formando parte del Registro de Aspirantes

deberán presentarse o enviar con: (i) original del certificado de discapacidad vigente y

(ii) una copia y original del Documento Nacional de Identidad de donde surja el

domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o un original del certificado de

domicilio extendido por la dependencia policial.

Que en consecuencia, corresponde emitir el presente acto administrativo, publicarlo en

el Boletín Oficial y notificarlo a los interesados.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL PRESIDENTE

DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN

DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

DISPONE:

Artículo1°.- Establécese el plazo comprendido desde el día 20 de diciembre de 2021

hasta el 21 de enero de 2022 inclusive, de 10,30 a 14,30 hs, para que los inscriptos en

el "Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios"

cumplan con el Reempadronamiento Anual.

Artículo 2°.- Delégase en la Gerencia Operativa de Promoción de Empleo para

Personas con Discapacidad la responsabilidad de notificar a las personas inscriptas en

dicho Registro para que en el plazo determinado se acerquen a la oficina de COPIDIS,

sita en la Av. Belgrano 838 de esta ciudad con el fin de firmar el certificado de

permanencia que acredite su intención de permanecer en el citado Registro, o lo

hagan de manera virtual solicitando tal opción al correo electrónico

copidis_registro@buenosaires.gob.ar.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

a los inscriptos en el citado Registro. Cumplido, archívese Ruiz

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposicion N° 55-COPIDIS/21 establece el plazo comprendido desde el día 20 de diciembre de 2021 hasta el 21 de enero de 2022 inclusive, de 10:30 a 14:30 hs, para que los inscriptos en el “Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios” cumplan con el Reempadronamiento Anual, en marco de la emergencia sanitaria declarada por el DNU 1/20.</p>