DISPOSICIÓN 55 2021 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
SE ESTABLECE PLAZO - REEMPADRONAMIENTO ANUAL - INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE ASPIRANTES A EXPLOTAR LOS ESPACIOS PARA PEQUEÑOS COMERCIOS - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Publicación:
13/12/2021
Sanción:
12/11/2021
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO: La Ley Nacional N° 24.308, La Ley N° 447, los Decretos N° 1.553/97 y
1.187/08 GCBA, las Resoluciones N° 4 COPIDIS/2016 y 42-COPIDIS/2016, el EX-
2021-33413487-GCBA- COPIDIS, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 24.308 que sustituye el artículo 11 de la Ley N° 22.431,
dispuso que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, está obligado a
otorgar en concesión a Personas con Discapacidad, Espacios para Explotar Pequeños
Comercios; en toda sede administrativa.
Que la Ley N° 447, creó en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con
Discapacidad (COPIDIS) que establece un régimen básico e Integral para la
prevención, rehabilitación, equiparación de posibilidades y oportunidades y para la
participación e inclusión plena en la sociedad de las Personas con Discapacidad;
Que a los fines previstos en la citada Ley N° 24.308, mediante el Decreto N° 1.553/97
se creó el Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios,
referidos en el artículo 1° de la Ley N° 24.308;
Que por Decreto N° 1.187/08, se delegó en la hoy Comisión para la Plena
Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) la
actualización, control, administración e inscripción de los interesados en el Registro de
Aspirantes, creado por el Decreto N° 1553/GCBA/97;
Que mediante la Resolución N° 4-COPIDIS/2016 se estableció el procedimiento de
selección de aspirantes para la adjudicación de un Pequeño Comercio a aquellos
inscriptos en el "Registro de Aspirantes a explotar los espacios para Pequeños
Comercios" que administra COPIDIS;
Que la normativa establece la obligación de convocar un Reempadronamiento para
que anualmente los inscriptos en el Registro manifiesten su intención de permanecer
en el mismo, presentándose en las oficinas de COPIDIS con el objeto de firmar un
certificado de permanencia y que de no presentarse ante esta convocatoria serán
automáticamente dados de baja en el citado registro;
Que en ese sentido, desde la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad se llevará adelante el Reempadronamiento desde el día
20 de diciembre de 2021 hasta el 21 de enero de 2022 inclusive, de 10,30 a 14,30 hs,
en la sede de Av. Belgrano 838 de esta ciudad, conforme lo indicado en el IF-2021-
34547306-GCABA-COPIDIS;
Que con carácter excepcional, y en atención a las medidas sanitarias vigentes en el
marco de la pandemia del COVID-19, corresponde habilitar la opción de hacer el
trámite de manera virtual dirigiéndose al correo electrónico
copidis_registro@buenosaires.gob.ar, solicitando hacerlo de ese modo.
Que las personas interesadas en seguir formando parte del Registro de Aspirantes
deberán presentarse o enviar con: (i) original del certificado de discapacidad vigente y
(ii) una copia y original del Documento Nacional de Identidad de donde surja el
domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o un original del certificado de
domicilio extendido por la dependencia policial.
Que en consecuencia, corresponde emitir el presente acto administrativo, publicarlo en
el Boletín Oficial y notificarlo a los interesados.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo1°.- Establécese el plazo comprendido desde el día 20 de diciembre de 2021
hasta el 21 de enero de 2022 inclusive, de 10,30 a 14,30 hs, para que los inscriptos en
el "Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios"
cumplan con el Reempadronamiento Anual.
Artículo 2°.- Delégase en la Gerencia Operativa de Promoción de Empleo para
Personas con Discapacidad la responsabilidad de notificar a las personas inscriptas en
dicho Registro para que en el plazo determinado se acerquen a la oficina de COPIDIS,
sita en la Av. Belgrano 838 de esta ciudad con el fin de firmar el certificado de
permanencia que acredite su intención de permanecer en el citado Registro, o lo
hagan de manera virtual solicitando tal opción al correo electrónico
copidis_registro@buenosaires.gob.ar.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a los inscriptos en el citado Registro. Cumplido, archívese Ruiz