RESOLUCIÓN 682 2004 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

RECONOCE AL DR. JULIO E. MUNIAGURRIA - DNI 14.014.516 - LA TAREA ESTABLECIDA EN EL ART. 25 DE LA LEY N° 70, B.O. N° 539 - SECRETARÍA DE SALUD - DIRECTOR GENERAL DE REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN - CUMPLIDO - INFORME FINAL DE GESTIÓN - RECONOCIMIENTO DE TAREA

Publicación:

29/06/2004

Sanción:

15/04/2004

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto el Art. 25 de la Ley N° 70 (B.O. N° 539), reglamentado por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/GCBA/99 (B.O. N° 704), el Decreto N° 472/GCBA/04 (B.O. N° 1916) y la Nota N° 3.728/SS/04, y

CONSIDERANDO:

Que el Art. 25 de la Ley N° 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos deben redactar, cuando se alejan de sus cargos un informe final sobre su gestión, disponiéndose, asimismo, que dicha tarea es remunerada;

Que el artículo 14 del Decreto reglamentario N° 1.000/GCBA/99, determina que dicha remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban;

Que por Decreto N° 472/GCBA/04 (B.O. N° 1916), fue aceptada la renuncia presentada por el Dr. Julio E. Muniagurria, DNI 14.014.516, al cargo de Director General de la Dirección General de Regulación y Fiscalización de ésta Secretaría de Salud;

Que oportunamente, el Dr. Muniagurria ha presentado el informe de gestión al que hace alusión el citado artículo 25 de la Ley N° 70;

Que la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y la Unidad de Auditoría Interna de esta Secretaría han tomado debida intervención;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° - Reconócese al Dr. Julio E. Muniagurria, DNI 14.014.516, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70 en cuanto a la presentación del Informe Final de Gestión, a partir del 9 de marzo del corriente año y por el término de treinta (30) días, durante el cual mantendrá la retribución que percibía en virtud del cargo en el que se aceptara su renuncia.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento, notificación al interesado y demás fines remítase a la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Stern

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