LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2021 LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

EXP 2112-D-21 - SE DECLARA - SITIO HISTÓRICO - BAR Y ALMACÉN - RAMOS GENERALES - YIYO - EL ZENEIZE - SITO EN AV. EVA PERÓN 4402 - SE ESTABLECE - COLOCACIÓN DE PLACA - SE DECLARA - PATRIMONIO CULTURAL 

Publicación:

29/12/2021

Sanción:

09/12/2021

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Exp. 2112-D-21

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2021

Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Declárase, al bar y almacén de ramos generales, Yiyo, el zeneize, sito en

Av. Eva Perón 4402, C1407, sitio histórico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en

el marco de la Ley 1227, art. 4, inc. a).

Art. 2°.- A tal efecto, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires colocará

una placa con el siguiente texto:

Este lugar es parte del Patrimonio Cultural

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por su valor histórico

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(Fecha)

Art. 3°.- Decláranse patrimonio cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la

categoría expresiones y manifestaciones intangibles Ley 1227, art. 4, inc. j- a las

prácticas y saberes, incluida su carta gastronómica, que se han venido generando en

Yiyo, el zeneize.

Art. 4°.- Encomiéndese, al Órgano de Aplicación de la citada Ley 1227, implementar

los medios necesarios para garantizar la preservación de los bienes protegidos por la

presente Ley.

Art. 5°.- Encomiéndese, al órgano de aplicación de las Leyes 35 y 5213, cumplimentar

las gestiones tendientes a catalogar al bar y almacén de ramos generales Yiyo, el

zeneize como bar notable de la Ciudad de Buenos Aires dentro del Régimen de

promoción de cafés, bares, billares y confiterías notables.

Art. 6°.- Publíquese y cúmplase con los art. 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Forchieri - Schillagi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APROBADA POR
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 del Decreto 16-LCABA/22, convoca a Audiencia Pública bajo modalidad virtual para el día 29 de marzo de 2022 a las 15:00 hs., con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley Inicial publicada en el BOCBA Nro. 6285 del 29 de diciembre de 2021 referente al Expediente N° 2112-D-2021.</p>