DECRETO 8 2022
Síntesis:
SE DESIGNAN - AUTORIDADES SUPERIORES - JUAN PABLO LIMODIO - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA ASUNTOS PÚBLICOS ESTRATÉGICOS - EZEQUIEL PEDRO BISSO - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA PROYECCIÓN ESTRATÉGICA - ROCÍO ESTEVEZ - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL ARTICULACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS - IGNACIO SALABERRI - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN Y VINCULACIÓN ESTRATÉGICA - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
06/01/2022
Sanción:
05/01/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347), los Decretos Nros.
463/19, y sus modificatorios, y 7/22, el Expediente Electrónico N° 727202-GCABA-
DGCLCON/22, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 10 de la citada Ley contempla entre las Secretarías del Poder Ejecutivo
a la Secretaría de Asuntos Estratégicos;
Que por Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 7/22 se modificó, a partir del 1° de enero de 2022, la estructura
organizativa de la Secretaría de Asuntos Estratégicos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, en consecuencia, se propician las designaciones de las personas mencionadas
en el Anexo I (IF-2022-01510534-GCABA-SECAE) el que, a todos sus efectos, forma
parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se detallan;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnanse, a partir del 1° de enero de 2022, a las personas
mencionadas en el Anexo I (IF-2022-01510534-GCABA-SECAE), el que a todos los
efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se
detallan.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a los interesados, dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 14 de la Ley N° 6.357, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica y
Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Miguel