RESOLUCIÓN 392 2004 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
NORMA DEROGADA - DISPONE LA ELABORACIÓN DE UN PLAN DE GESTIÓN ESTRATÉGICO TRIENAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PLAN ESTRATÉGICO DEL PODER JUDICIAL - PRESENTACIÓN DE INFORMES - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - PLAN DE INVERSIONES - TRASPASO DE LA JUSTICIA NACIONAL A LA CIUDAD - TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS - FUEROS - TRIBUNALES VECINALES - AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA - AMPLIACIÓN DE HORARIO LABORAL - PRESENTISMO - CENTRO DE ORIENTACIÓN CIUDADANA - MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - ACCESO A LA JUSTICIA - NUEVO SISTEMA DE DESIGNACIÓN DE EMPLEADOS - ASCENSO DE EMPLEADOS - ASCENSO DE FUNCIONARIOS - CARRERA JUDICIAL - CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO - COMISIÓN DE ESTUDIO DE LA AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO - PRESTACIÓN DEL SERVICIO JUDICIAL EN LOS BARRIOS - CREACIÓN DE COMISIONES - COMISIÓN DE INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Publicación:
02/07/2004
Sanción:
18/06/2004
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que siguiendo la línea de diversas iniciativas desarrolladas por este Consejo tendientes a mejorar la gestión en algunas áreas tales como compras, tecnología, recursos humanos, biblioteca, régimen de becas, y encontrándose completa la integración del Consejo de la Magistratura resulta conveniente definir una serie de cuestiones estratégicas que hacen al funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que incluso trasciendan a la conformación actual del Consejo convirtiéndose en una verdadera política institucional;
Que para ello debe ser especialmente tenida en cuenta la opinión de los interesados en la prestación directa del servicio de justicia, como así también la de la ciudadanía y de las organizaciones especializadas;
Que el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene la oportunidad histórica de convertirse en uno de los más modernos del país, como consecuencia de encontrarse aun en ciernes y de contar con la totalidad de sus magistrados designados por concurso;
Que debe avanzarse sobre dos grandes ejes, la prestación de un mejor servicio de justicia a la ciudadanía, tanto en tiempo como en calidad de respuesta, y la transformación del Consejo de la Magistratura en un administrador eficiente en apoyo de la labor jurisdiccional;
Que con fecha 27 de mayo de 2004 fue planteado en el seno del plenario, y aprobado en general, la necesidad de definir una agenda de trabajo común que contemple los temas críticos para los próximos años de gestión, entre los que se incluye un plan estratégico trienal, la solicitud de informes a todas las áreas del Consejo, la elaboración de nuevos circuitos administrativos para tramitación de expedientes, la reforma a la estructura orgánica y la modificación del régimen de designación y promoción de agentes;
Que las medidas a adoptar deben tender a sustentar en el tiempo el compromiso de este Consejo con la sociedad de modo de lograr un sistema judicial eficiente, eficaz y accesible;
Por ello;
Artículo 1° - Encarar la elaboración de un Plan de Gestión Estratégico Trienal del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su implementación a partir del 1°/3/05, asegurando en su definición la participación efectiva de todos los sectores y estamentos judiciales, como así también la de la Ciudadanía y de las Organizaciones especializadas.
Artículo 2° - Instruir a todas las dependencias de este Consejo para que dentro del plazo de 30 días actualicen sus informes sobre su situación particular y las acciones proyectadas para cumplir sus objetivos.
Artículo 3° - Requerir a las Áreas de Infraestructura y Obras, Tecnología e Informática, Estadística y Seguridad, en forma adicional al informe previsto en el artículo anterior, la elevación de un plan de gestión e inversión en dichas áreas.
Artículo 4°- Desarrollar -atento a la urgencia e importancia institucional que reviste y sin perjuicio del Plan Estratégico- todas las acciones necesarias para conducir efectivamente el traspaso de la Justicia Nacional a la Ciudad, instrumentar la transferencia de las competencias acordada entre la Nación y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y lograr la conformación total y definitiva de los fueros existentes y de los Tribunales Vecinales.
Artículo 5° - Disponer medidas tendientes a ampliar el servicio de justicia (vg. extensión horaria opcional para el estamento jurisdiccional con reacomodamiento salarial proporcional, promover el presentismo, centro de orientación ciudadana, métodos alternativos de resolución de conflictos, acceso a la justicia, entre otros).
Artículo 6° - Elaborar y aprobar un nuevo sistema de designación y ascenso de empleados y funcionarios con el objeto de propender a la idoneidad del personal y asegurar la carrera judicial, que garantice la participación del titular de la oficina en que el agente cumple o cumplirá funciones.
Artículo 7° - Suscribir una Carta Compromiso con el Ciudadano orientada a mejorar la calidad del servicio que se presta a los habitantes, para cuya elaboración se deberá dar intervención efectiva a magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial.
Artículo 8° - Impulsar la puesta en marcha de una comisión que estudie los alcances de la Autonomía del Ministerio Público y solicitar a sus integrantes que presenten propuestas para fortalecer su autonomía.
Artículo 9° - Encomendar a la comisión de descentralización que lleve adelante la definición del modelo de prestación del Servicio Judicial en los barrios.
Artículo 10 - Crear una comisión de incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que tendrá facultades para convocar fiscales, defensores, asesores, jueces y demás integrantes del Poder Judicial, cuyo objetivo será la preparación de un Plan de Incorporación de Tecnología al Poder Judicial.
Artículo 11 - Invitar a todos los integrantes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instituciones especializadas y sociales a presentar propuestas y/o proyectos tendientes al mejoramiento del servicio de justicia.
Artículo 12 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.