LEY 6495 2021

Síntesis:

SE CONDONA DEUDA - IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA RETRIBUTIVA DE LOS SERVICIOS DE ALUMBRADO BARRIDO LIMPIEZA MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS  -  CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO EL CICLÓN ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO

Publicación:

14/01/2022

Sanción:

09/12/2021

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

12/01/2022


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Condónase la deuda que el Club Social y Deportivo "El Ciclón",

Asociación Civil sin fines de lucro, mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en concepto de Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los

Servicios de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Mantenimiento y Conservación de

Sumideros, correspondiente al inmueble ubicado en la calle Rojas 881, Partida N°

176806.

Art. 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda

condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna

abonada.

Art. 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la

presente se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi

Buenos Aires, 12 de enero de 2022

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.495 (Expediente Electrónico N° 39127381-GCABA-DGALE/2021), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires en su sesión del día 9 de diciembre de 2021, ha quedadoautomáticamente promulgada el día 10 de enero de 2022.Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la DirecciónGeneral de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase alMinisterio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Montiel