LEY 6499 2021

Síntesis:

SE DECLARA - BIEN INTEGRANTE - PATRIMONIO CULTURAL - INCISO J - ARTÍCULO 4 - LEY 1227 EXPRESIONES Y MANIFESTACIONES INTANGIBLES - CIRCUITO HUELLAS - CARNAVAL - MEMORIAS DEL FESTEJO POPULAR - REALIZADO - AGRUPACIONES DE CARNAVAL Y CORSOS -CIUDAD DE BUENOS AIRES -  NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

14/01/2022

Sanción:

09/12/2021

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

10/01/2022


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Declárase Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en los términos fijados en el inciso J del artículo 4 de la Ley 1227

Expresiones y manifestaciones Intangibles, al "Circuito Huellas del Carnaval,

memorias del festejo popular" realizado por Agrupaciones de Carnaval y Corsos de la

Ciudad de Buenos Aires.

Art. 2°.- El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires arbitrará las medidas necesarias

para proteger, propiciar y fomentar las actividades de este circuito.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi

Buenos Aires, 12 de enero de 2022

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.499 (Expediente Electrónico N° 39132339-GCABA-DGALE/2021), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires en su sesión del día 9 de diciembre de 2021, ha quedadoautomáticamente promulgada el día 10 de enero de 2022.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la DirecciónGeneral de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase alMinisterio de Cultura. Cumplido, archívese. Montiel