RESOLUCIÓN 1600 2020 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE APRUEBA CONTRATACIÓN ARTÍSTICA - 

Publicación:

20/01/2022

Sanción:

26/03/2020

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: Los Decretos Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N° 665-MEFGC/18, la

Resolución Nro. 1016-MEFGC/18, el E.E. N° 8379012-GCABA-CCR/20, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Director General de la Dirección General Centro Cultural Recoleta del

Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de

actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2020;

Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el

contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto

de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de

Contrataciones Personales;

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos

Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N° 665-MEFGC/18 y la Resolución N° 1016-

MEFGC/18.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 224/13 y 182/15,

la Resolución F.C. N ° 665-MEFGC/18 y la Resolución N° 1016-MEFGC/18,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se

consignan en el Anexo I (IF-2020-10398534-GCABA-MCGC) y que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de

Hacienda y Finanzas a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de

Servicios Artísticos que se aprueba por el artículo 1° de la presente, en una Orden

General de Pago.

Artículo 3°.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios

correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente

o caja de ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, casa matriz o sucursales,

a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los

honorarios correspondientes.

Artículo 4°.-bEl contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos

de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería del Ministerio

de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5°.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del

presupuesto del año 2020.

Artículo 6°.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

del Centro Cultural Recoleta, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, y comunicar a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal y a la Dirección General de Contaduría, ambas del Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>LA RESOLUCIÓN APRUEBA L..</p>