DECRETO 31 2022

Síntesis:

SE APRUEBA - PRESUPUESTO  - EJERCICIO 2022 - SOCIEDAD DEL ESTADO LOTERÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - LOTBA SE 

Publicación:

25/01/2022

Sanción:

21/01/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 70 y 5785 (textos consolidados por Ley N° 6.347), y los

Decretos Nros 1000/99 y 146/21, el Expediente Electrónico N° 23.509.322-GCABA-

LOTBA/21, y

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose

la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que, por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima

autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del

Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remite a la

Oficina de Presupuesto;

Que, asimismo los artículos 75 y 76 de dicha Ley disponen que la Oficina de

Presupuesto analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades,

prepara un informe y posteriormente los mismos son sometidos a la aprobación del

Poder Ejecutivo de acuerdo con las modalidades y los plazos que establezca la

reglamentación;

Que, por sus parte, de conformidad con la normativa, corresponde al Poder Ejecutivo

aprobar, en su caso, con los ajustes que considere conveniente, los presupuestos de

las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado;

Que, el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, reglamentario del artículo 76 de la Ley N°

70 establece que para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado

en la Ley, la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto debe preparar el informe de los

proyectos recibidos, así como las estimaciones presupuestarias de oficio;

Que, mediante el Decreto N° 146/21 se aprobó el cronograma para la formulación de

los presupuestos de las empresas públicas, sociedades del Estado de la Ciudad y

todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad

tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones

societarias para el ejercicio 2022, de conformidad con el Anexo II integrante del citado

Decreto;

Que, en concordancia con lo expresado previamente, por el expediente mencionado

en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2022 formulado por

la empresa Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E (LOTBA S.E.), organismo fuera

de nivel en la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas, creada por la Ley N° 5785;

Que, el Directorio de la empresa Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA

S.E.) mediante la Resolución de Directorio N° 55-GCABA-LOTBA/21 resolvió aprobar

el proyecto de presupuesto para el ejercicio 2022 y en el cual se expone en detalle sus

ingresos, egresos y el flujo de fondos;

Que, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente

de la Subsecretaria de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el

informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N°

70, aconsejando la aprobación del presupuesto 2022 de la empresa Lotería de la

Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2022 de la Sociedad del

Estado Lotería de la Ciudad de Buenos Aires (LOTBA S.E.), Organismo Fuera de Nivel

bajo la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo al detalle que figura

en el Anexo I (IF-2022-03942452-GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos forma

parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°.- Estímase en la suma de pesos DIECIOCHO MIL SETECIENTOS

SESENTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS

VEINTIDOS ($ 18.760.343.822), los ingresos corrientes y fijase en la suma de

DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS

SEIS MIL QUINIENTOS UNO ($ 18.256.306.501), los gastos corrientes, de acuerdo

con el detalle que figura en la planilla del Anexo I (IF-2022-03942452-GCABA-

DGOGPP)

Artículo 3°.- Estímase en pesos CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES

TRESCIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO ($ 497.306.518), los gastos de

capital, de acuerdo con el detalle obrante en la planilla del Anexo I (IF-2022-03942452-

GCABA-DGOGPP).

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos,

remítase al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Mura - Mura p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6304