RESOLUCIÓN 13064 2021 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE

Síntesis:

SE INSTRUMENTA - ACTA SALARIAL - AÑO 2021 - INCREMENTOS - DOCENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - 13 DE DICIEMBRE DE 2021

Publicación:

25/01/2022

Sanción:

17/12/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE


VISTO: la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Ley N°

472/00, las Resoluciones Nros. 1614-SSCDOC/21 y 6353-SSCDOC/21, el Acta

Salarial- Año 2021 Incrementos - Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, el Expediente Electrónico N° 8.235.058-GCABA- DGPDYND/21, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución N° 1.614-SSCDOC/21, se instrumentó el Acta Salarial

Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires celebrada el día 4 de

marzo de 2021;

Que por medio de la Resolución N° 6.353-SSCDOC/21, se instrumentó el Acta

Salarial- Año 2021-Incrementos- Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires celebrada el día 14 de Julio de 2021;

Que por medio del Acta Salarial - Año 2021 Incrementos - Docentes del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- celebrada el día 03 de Diciembre de 2021, en el

marco de la Comisión Salarial establecida por el Artículo 7° inciso b) de la Ordenanza

N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se reunieron en la sede del Ministerio

de Educación de la CABA sito en Carlos H. Perette e Islas Galápagos, en

representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Sra. Ministra

de Educación, Lic. María Soledad Acuña, el Sr. Jefe de Gabinete, Lic. Manuel R. Vidal

y el Subsecretario de Carrera Docente Lic. Oscar M. Ghillione y en representación de

los docentes las siguientes organizaciones sindicales: Asociación Docentes de

Educación Física (ADEF), Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior

(ADEMYS), Asociación Docentes Independientes Argentinos (ADYA), Asociación de

Educadores Porteños (AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica

(AMET), Unión Argentina de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros

Confederados (AMC), Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de

Buenos Aires (ASED), Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso,

Educación para el Cambio (EDUPEC), Sindicato de Educadores de Buenos Aires

(SEDEBA), Sindicato de Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA),

Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA),

Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires

(SUTECBA), Unión Docentes Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la

Educación (UTE);

Que, entre las medidas acordadas, se encuentra la de incrementar a partir del 1° de

diciembre, los componentes del salario docente según se detalla en los puntos I, II, III,

IV, V, VI, VII, VIII, X y XI del ANEXO I de especificaciones técnicas, que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente modificándose de esta manera el

acuerdo salarial instrumentado por Resolución N° 6.353-SSCDOC/21;

Que se otorga por única vez un pago no remunerativo, no bonificable, a efectuarse el

22 de enero de 2022 a los casos que hayan tenido prestación durante el mes de

diciembre de 2021;

Que el alcance de la presente será extensivo a todos los docentes de gestión estatal

que presten servicios dentro de la órbita de los Ministerios de Educación, de Cultura,

de Salud y de la Subsecretaría de Deportes;

Que en atención al pago no remunerativo, no bonificable que se otorgará el 22 de

enero de 2022, se deja constancia que las contribuciones establecidas en la Ley N°

472/00, correspondientes a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, estarán a

cargo del empleador;

Que se dispuso adelantar el pago de la segunda cuota del sueldo anual

complementario del año 2021, el cual se efectuará el día 18 de diciembre de 2021;

Que, con esta Acta se dan por concluidas las Negociaciones Salariales Docentes

correspondientes al año 2021;

Que las partes acuerdan reunirse en el marco de la COMISIÓN SALARIAL establecida

por los Artículo 7° inciso b) de la Ordenanza N° 40.593 (Estatuto de Docente) para las

negociaciones salariales del año 2022 durante la segunda quincena del mes de

febrero 2022 correspondientes al periodo enero/diciembre 2022;

Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que

posibilite la instrumentación del acuerdo precitado;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE CARRERA DOCENTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta Salarial - Año 2021 Incrementos - Docentes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al detalle obrante en el

Anexo I (IF-2021-37585337-GCABADGPDYND), de fecha 3 de diciembre del 2021, y

su Anexo II (IF-2021-37585217-GCABA-DGPDYND), que a todos sus efectos forman

parte integrante de la presente, suscripta entre la Sra. Ministra de Educación, Lic.

María Soledad Acuña, el Sr. Jefe de Gabinete, Lic. Manuel R. Vidal y el Subsecretario

de Carrera Docente Lic. Oscar M. Ghillione, en representación del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en representación de los docentes las siguientes

organizaciones sindicales: Asociación Docentes de Educación Física (ADEF),

Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación

Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños

(AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina

de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC),

Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED),

Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio

(EDUPEC), Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de

Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de

Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes

Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la Educación (UTE).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos remítanse las Comunicaciones Oficiales

pertinentes a la Dirección General de Personal Docente y No Docente, a la Unidad de

Coordinación del Sistema de Formación Docente, a las Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y Agencia de Aprendizaje a lo Largo de

la Vida, Tecnología Educativa y Sustentabilidad todas ellas dependientes del Ministerio

de Educación, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio del Ministerio

de Cultura, a la Subsecretaría de Deportes de la Vicejefatura de Gobierno y al

Ministerio de Salud. Notifíquese, en los términos del Artículo N° 63 de la Ley de

procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por

Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), a las siguientes

organizaciones gremiales: Asociación Docentes de Educación Física (ADEF),

Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación

Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños

(AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina

de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC),

Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED),

Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio

(EDUPEC), Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de

Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de

Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes

Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la Educación (UTE). Cumplido,

archívese. Ghillione


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6304- ACTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6304- Anexo I

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Art. 1 de la Resolución 13064/SSCDOC/21 instrumenta el Acta Salarial - Año 2021 Incrementos - Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de fecha 3 de diciembre del 2021. </p>