DECRETO 40 2022
Síntesis:
SE DESIGNA - PROCURADOR GENERAL ADJUNTO - ASUNTOS INSTITUCIONALES Y EMPLEO PÚBLICO - SERGIO RUBÉN BRODSKY - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
02/02/2022
Sanción:
31/01/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los
Decretos Nros. 400/17, 463/19, y modificatorios, y 177/21, el Expediente Electrónico
N° 39808060-GCABA-DGTALPG/21, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 1.218 determina las obligaciones, deberes, atribuciones y competencia
de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando en la órbita de la Jefatura de Gobierno a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 400/17, y su modificatorio N° 177/21, se aprobó la estructura
orgánico funcional de la citada Procuración General y sus responsabilidades primarias;
Que, en ese marco, el señor Procurador General propicia la designación, a partir del 1°
de febrero de 2022, del Dr. Sergio Rubén Brodsky, D.N.I. N° 22.276.148, C.U.I.L. N°
20-22276148-5, como Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y
Empleo Público de la Procuración General;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de febrero de 2022, al Dr. Sergio Rubén
Brodsky, D.N.I. N° 22.276.148, C.U.I.L. N° 20-22276148-5, como Procurador General
Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público de la Procuración General,
quedando el alta definitiva supeditada al acto administrativo de otorgamiento de la
licencia correspondiente en el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos
Aires.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
al interesado, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura p/p