LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2004
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - ESCUELA 3 DEL DE 7 - PRIMERA JUNTA - IGLESIA DE CAACUPÉ - AV RIVADAVIA 4817 - CALLE CAMPICHUELO Y VÍAS DEL FERROCARRIL - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO
Publicación:
15/07/2004
Sanción:
17/06/2004
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Catalógase con Nivel de Protección Estructural en los términos del artículo 10.3.3., correspondiente al Capítulo 10.3. Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, a los inmuebles correspondientes a la Escuela N° 3 - D.E. 7 Primera Junta y la Iglesia de Caacupé, localizados en la Manzana 102 comprendida por la avenida Rivadavia 4817 y por la calle Campichuelo y las vías del Ferrocarril, emplazada en la Sección 45, Circunscripción 7, correspondiéndole a la Iglesia de Caacupé el Grado de intervención 1, y a la Escuela N° 3 D.E. 7 Primera Junta, los Grados de intervención 1 y 2.
Artículo 2° - Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo preVisto en el Capítulo 10.3. Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3° - El Poder Ejecutivo debe asentar, en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el artículo 1°.
Artículo 4° - Las Fichas de Catalogación Nros. 45-102-1-A y 45-102-1-B constituyen, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte de la presente Ley.
Artículo 5° - Publíquese y cúmplase con lo dispuesto por los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. TELERMAN - Alemany
ANEXOS
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