DECRETO 48 2022
Síntesis:
SE APRUEBA PRESUPUESTO - EJERCICIO 2022 - SOCIEDAD DEL ESTADO CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
Publicación:
07/02/2022
Sanción:
03/02/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 70 y 470 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos
Nros.1000/99, 146/21, 463/19 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N°
39776673-GCABA-CBAS/21, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose
la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que, por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima
autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del
Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remite a la
Oficina de Presupuesto;
Que, asimismo los artículos 75 y 76 disponen que la Oficina de Presupuesto analiza
los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades, prepara un informe y
posteriormente los mismos son sometidos a la aprobación del Poder Ejecutivo de
acuerdo con las modalidades y los plazos que establezca la reglamentación;
Que, corresponde al Poder Ejecutivo aprobar los presupuestos de las empresas y
sociedades con participación mayoritaria del Estado;
Que, el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, establece que para la aprobación de los
presupuestos, dentro del plazo señalado en la Ley, la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto debe preparar el informe de los proyectos recibidos, así como las
estimaciones presupuestarias de oficio;
Que, en ese sentido, mediante el Decreto N° 146/21 se aprobó el cronograma para la
formulación de los presupuestos de las empresas públicas, sociedades del Estado y
todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad
tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones
societarias para el ejercicio 2022, de conformidad con el Anexo II integrante del citado
Decreto;
Que, en concordancia con lo expresado previamente, por el Expediente Electrónico
mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2022
formulado por la Corporación Buenos Aires Sur S.E, sociedad del estado creada por
Ley N° 470, y organismo fuera de nivel en la órbita del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción, conforme lo establecido por Decreto N° 463/19 y sus
modificatorios;
Que, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente
de la Subsecretaria de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el
informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N°
70, aconsejando la aprobación del presupuesto 2022 de la Corporación Buenos Aires
Sur S.E..
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2022 de la Sociedad del
Estado Corporación Buenos Aires Sur S.E, Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, de acuerdo al detalle que figura en
el Anexo I (IF-2022-04016289-GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos forma
parte integrante del presente decreto.
Artículo 2°.- Estímase en la suma de pesos NOVECIENTOS CUARENTA MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
($ 940.950.299), los ingresos corrientes y fijase en la suma de pesos NOVECIENTOS
CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA
Y NUEVE ($ 940.950.299), los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura
en la planilla del Anexo I (IF-2022-04016289-GCABA-DGOGPP).
Artículo 3°.- Estímase en la suma de pesos CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES
NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 151.937.540)
los recursos de capital y fijase en pesos CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES
NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 151.937.540),
los gastos de capital, de acuerdo con el detalle obrante en la planilla del Anexo I (IF-
2022-04016289-GCABA-DGOGPP).
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo
Económico y Producción, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos,
remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Mura - Miguel