DECRETO 48 2022

Síntesis:

SE APRUEBA PRESUPUESTO  - EJERCICIO 2022 - SOCIEDAD DEL ESTADO CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - ORGANISMO FUERA DE NIVEL  - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION 

Publicación:

07/02/2022

Sanción:

03/02/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 70 y 470 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos

Nros.1000/99, 146/21, 463/19 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N°

39776673-GCABA-CBAS/21, y

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose

la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que, por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima

autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del

Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remite a la

Oficina de Presupuesto;

Que, asimismo los artículos 75 y 76 disponen que la Oficina de Presupuesto analiza

los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades, prepara un informe y

posteriormente los mismos son sometidos a la aprobación del Poder Ejecutivo de

acuerdo con las modalidades y los plazos que establezca la reglamentación;

Que, corresponde al Poder Ejecutivo aprobar los presupuestos de las empresas y

sociedades con participación mayoritaria del Estado;

Que, el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, establece que para la aprobación de los

presupuestos, dentro del plazo señalado en la Ley, la Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto debe preparar el informe de los proyectos recibidos, así como las

estimaciones presupuestarias de oficio;

Que, en ese sentido, mediante el Decreto N° 146/21 se aprobó el cronograma para la

formulación de los presupuestos de las empresas públicas, sociedades del Estado y

todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad

tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones

societarias para el ejercicio 2022, de conformidad con el Anexo II integrante del citado

Decreto;

Que, en concordancia con lo expresado previamente, por el Expediente Electrónico

mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2022

formulado por la Corporación Buenos Aires Sur S.E, sociedad del estado creada por

Ley N° 470, y organismo fuera de nivel en la órbita del Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción, conforme lo establecido por Decreto N° 463/19 y sus

modificatorios;

Que, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente

de la Subsecretaria de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el

informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N°

70, aconsejando la aprobación del presupuesto 2022 de la Corporación Buenos Aires

Sur S.E..

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2022 de la Sociedad del

Estado Corporación Buenos Aires Sur S.E, Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, de acuerdo al detalle que figura en

el Anexo I (IF-2022-04016289-GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos forma

parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°.- Estímase en la suma de pesos NOVECIENTOS CUARENTA MILLONES

NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE

($ 940.950.299), los ingresos corrientes y fijase en la suma de pesos NOVECIENTOS

CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA

Y NUEVE ($ 940.950.299), los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura

en la planilla del Anexo I (IF-2022-04016289-GCABA-DGOGPP).

Artículo 3°.- Estímase en la suma de pesos CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES

NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 151.937.540)

los recursos de capital y fijase en pesos CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES

NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 151.937.540),

los gastos de capital, de acuerdo con el detalle obrante en la planilla del Anexo I (IF-

2022-04016289-GCABA-DGOGPP).

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo

Económico y Producción, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos,

remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Mura - Miguel


ANEXOS