DECRETO 53 2022
Síntesis:
SE DESIGNAN INTEGRANTES - DIRECTORIO - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - VOCALES TITULARES - ANA LAURA MARI HERNANDEZ - BENIGNO EMILIO RAPOSO VARELA - LUIS HECTOR DE PACE - JUAN ELIAS AMADO - VICTOR HUGO CANTERO - SÍNDICA TITULAR - CORNELIA SCHMIDT LIERMANN - VICEPRESIDENTE - MATIAS DANIEL MIGUEL PANTANALI - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
10/02/2022
Sanción:
08/02/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las leyes Nros. 470 y 6.292 (Texto Consolidado Ley N° 6.347), el Decreto N°
463/19 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 04673942-GCABA-
DGTALMDEP/22, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que por Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del citado Ministerio, contemplando bajo su órbita a la Corporación Buenos Aires Sur
Sociedad del Estado;
Que, mediante la Ley N° 470 se creó la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del
Estado, estableciendo que la dirección y administración de la Sociedad estará a cargo
de un Directorio compuesto por un Presidente, un Vicepresidente, cinco Vocales
titulares y cinco Vocales suplentes designados por el Poder Ejecutivo de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción
propicia las designaciones de las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2022-
06058748-GCABA-MDEPGC) que, a todos sus efectos, forma parte integrante del
presente;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnanse a las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2022-
06058748-GCABA-MDEPGC), el que a todos los efectos forma parte integrante del
presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 14 de la Ley N° 6.347, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel