DISPOSICIÓN 6 2022 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

SE APRUEBA REGLAMENTO - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - MODELO DE CONVENIO - SE DEJA SIN EFECTO - DISPOSICION 9-COPIDIS/21 - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS

Publicación:

24/02/2022

Sanción:

18/02/2022

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes N° 447 y 6.507, los Decretos N° 697/08, 177/09 y 236/12, el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/22 y el EX-2022-07262549-GCABA-COPIDIS y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 447 creó a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS), y estableció un Régimen Básico e Integral

para la prevención, rehabilitación, equiparación de posibilidades y oportunidades y

para la participación e inclusión plena en la sociedad de las Personas con

Discapacidad;

Que, mediante el Decreto N° 697/08 se creó en el ámbito de la Vice Jefatura de

Gobierno el "Programa de Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad" que

tiene por objeto promover la formación laboral y el acceso al estudio de las personas

con Discapacidad en el ámbito de la ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el Decreto N° 177/09, faculta a la Presidencia de la Comisión para la Plena

Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad a adaptar el reglamento y

el modelo de Convenio de Capacitación del citado Programa a fin de facilitar su

efectiva aplicación;

Que, mediante el Decreto N° 236/12 se creó la Gerencia Operativa de Promoción de

Empleo para Personas con Discapacidad la que tiene entre sus objetivos, entre otros,

el de "Coordinar el "Programa de Capacitación Laboral para Personas con

Discapacidad";

Que teniendo en cuenta que la Ley N° 6.507 de Presupuesto para el ejercicio 2022 ha

asignado los créditos pertinentes para la ejecución del citado programa por el periodo

comprendido entre el 1° de marzo hasta el 30 de noviembre de 2022, resulta necesario

establecer los lineamientos del Reglamento del Programa en el que se establecerán

los requisitos para ser inscripto como usuario del Programa y las condiciones de

permanencia que se deberán cumplir para poder cobrar el subsidio;

Que por otra parte, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/22 se prorroga

hasta el 28 de febrero de 2022 la emergencia sanitaria declarada por Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del coronavirus (COVID-19),

Que siendo necesario continuar con la implementación de Programa disponiéndose

medidas de protocolo sanitario, deviene necesario disponer la pre inscripción on line

para todas aquellas personas que renuevan el subsidio por seguir estudiando y

encontrarse inscriptos en años posteriores en el Programa, debiendo para ello enviar

un correo en la siguiente dirección de correo electrónico

becascopidis@buenosaires.gob.ar consignando en el asunto del mail

RENOVACIONES;

Que asimismo se recibirán las solicitudes y documentación legal de las personas que

por primera vez se inscriban en el Programa en el correo electrónico

becascopidis@buenosaires.gob.ar debiéndose consignar en el asunto del mail

NUEVOS POSTULANTES; Asimismo, toda persona que por cuestiones de

accesibilidad requiera de apoyos, podrá solicitar un turno al correo electrónico

becascopidis@buenosaires.gob.ar debiéndose consignar en el asunto del correo

electrónico SOLICITUD DE TURNO PRESENCIAL o comunicarse al teléfono 5030-

9740 para que pueda ser atendido por el Personal de COPIDIS;

Que la preinscripción al citado Programa se llevará adelante desde el día 28 de

febrero al 18 de marzo de 2022 inclusive;

Que, por lo tanto, resulta necesario dictar el acto administrativo que apruebe el

Reglamento y el Modelo del Convenio de Capacitación del "Programa de Capacitación

Laboral para Personas con Discapacidad" estableciéndose los requisitos para acceder

al citado Programa durante el año 2022.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL PRESIDENTE

DE LA COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION

DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

DISPONE

Artículo1°.- Apruébase el Reglamento del Programa de Capacitación Laboral para

Personas con Discapacidad, que como Anexo I (IF-2022-07423904-GCABA-

COPIDIS), forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°. - Apruébase el Modelo de Convenio de Capacitación del Programa de

Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad, que como Anexo II (IF-2022-

07424180-GCABA-COPIDIS), forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 3°.- Déjese sin efecto la DI 9-GCABA-COPIDIS/2021.

Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires y demás medios

de difusión de COPIDIS, Cumplido, archívese. Ruiz


ANEXOS

ANEXO I - REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN LABORAL PARA PERSONASCON DISCAPACIDAD

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 3°.de la Disposicion N| 5-COPIDIS-23 deja sin efecto la Disposición N° 6-GCABA-COPIDIS/22.</p>
MODIFICA
<p>Articulo 1° de la Disposición N° 6-COPIDIS/21, aprueba el “Reglamento del Programa de Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad”, creado por Decreto N° 697/08.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3º de la Disposicion N° 6-COPIDIS/22 deja sin efecto la Disposicion N° 9-COPIDIS/21.</p>