DISPOSICIÓN 6 2022 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
SE APRUEBA REGLAMENTO - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - MODELO DE CONVENIO - SE DEJA SIN EFECTO - DISPOSICION 9-COPIDIS/21 - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS
Publicación:
24/02/2022
Sanción:
18/02/2022
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Estado:
No vigente
VISTO: Las Leyes N° 447 y 6.507, los Decretos N° 697/08, 177/09 y 236/12, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/22 y el EX-2022-07262549-GCABA-COPIDIS y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 447 creó a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad (COPIDIS), y estableció un Régimen Básico e Integral
para la prevención, rehabilitación, equiparación de posibilidades y oportunidades y
para la participación e inclusión plena en la sociedad de las Personas con
Discapacidad;
Que, mediante el Decreto N° 697/08 se creó en el ámbito de la Vice Jefatura de
Gobierno el "Programa de Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad" que
tiene por objeto promover la formación laboral y el acceso al estudio de las personas
con Discapacidad en el ámbito de la ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el Decreto N° 177/09, faculta a la Presidencia de la Comisión para la Plena
Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad a adaptar el reglamento y
el modelo de Convenio de Capacitación del citado Programa a fin de facilitar su
efectiva aplicación;
Que, mediante el Decreto N° 236/12 se creó la Gerencia Operativa de Promoción de
Empleo para Personas con Discapacidad la que tiene entre sus objetivos, entre otros,
el de "Coordinar el "Programa de Capacitación Laboral para Personas con
Discapacidad";
Que teniendo en cuenta que la Ley N° 6.507 de Presupuesto para el ejercicio 2022 ha
asignado los créditos pertinentes para la ejecución del citado programa por el periodo
comprendido entre el 1° de marzo hasta el 30 de noviembre de 2022, resulta necesario
establecer los lineamientos del Reglamento del Programa en el que se establecerán
los requisitos para ser inscripto como usuario del Programa y las condiciones de
permanencia que se deberán cumplir para poder cobrar el subsidio;
Que por otra parte, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/22 se prorroga
hasta el 28 de febrero de 2022 la emergencia sanitaria declarada por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de atender y adoptar las medidas
necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del coronavirus (COVID-19),
Que siendo necesario continuar con la implementación de Programa disponiéndose
medidas de protocolo sanitario, deviene necesario disponer la pre inscripción on line
para todas aquellas personas que renuevan el subsidio por seguir estudiando y
encontrarse inscriptos en años posteriores en el Programa, debiendo para ello enviar
un correo en la siguiente dirección de correo electrónico
becascopidis@buenosaires.gob.ar consignando en el asunto del mail
RENOVACIONES;
Que asimismo se recibirán las solicitudes y documentación legal de las personas que
por primera vez se inscriban en el Programa en el correo electrónico
becascopidis@buenosaires.gob.ar debiéndose consignar en el asunto del mail
NUEVOS POSTULANTES; Asimismo, toda persona que por cuestiones de
accesibilidad requiera de apoyos, podrá solicitar un turno al correo electrónico
becascopidis@buenosaires.gob.ar debiéndose consignar en el asunto del correo
electrónico SOLICITUD DE TURNO PRESENCIAL o comunicarse al teléfono 5030-
9740 para que pueda ser atendido por el Personal de COPIDIS;
Que la preinscripción al citado Programa se llevará adelante desde el día 28 de
febrero al 18 de marzo de 2022 inclusive;
Que, por lo tanto, resulta necesario dictar el acto administrativo que apruebe el
Reglamento y el Modelo del Convenio de Capacitación del "Programa de Capacitación
Laboral para Personas con Discapacidad" estableciéndose los requisitos para acceder
al citado Programa durante el año 2022.
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo1°.- Apruébase el Reglamento del Programa de Capacitación Laboral para
Personas con Discapacidad, que como Anexo I (IF-2022-07423904-GCABA-
COPIDIS), forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°. - Apruébase el Modelo de Convenio de Capacitación del Programa de
Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad, que como Anexo II (IF-2022-
07424180-GCABA-COPIDIS), forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 3°.- Déjese sin efecto la DI 9-GCABA-COPIDIS/2021.
Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires y demás medios
de difusión de COPIDIS, Cumplido, archívese. Ruiz