RESOLUCIÓN 947 1999 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

PRORROGA EL SISTEMA DE CARRILES EXCLUSIVOS PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS Y TAXIS EN DIVERSOS TRAMOS DE ARTERIAS

Publicación:

14/01/2000

Sanción:

30/12/1999

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto los términos de la Nota N° 5.217-DGTto-99, relacionada con la prórroga del funcionamiento del sistema de carriles exclusivos; y

CONSIDERANDO:

Que el sistema de carriles exclusivos aplicados en las avenidas Córdoba, Pueyrredón, Entre Ríos y Callao ha logrado una disminución de los tiempos de viaje del transporte público automotor;

Que la aplicación del sistema aludido resulta de bajo costo relativo y constituye una opción que se caracteriza por su flexibilidad;

Que al separarse las corrientes circulatorias por distintos modos de viaje se logra un mejor aprovechamiento de la infraestructura vial, reduciéndose los entrecruzamientos;

Por ello;

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° Prorrógase el Sistema de Carriles Exclusivos para el autotransporte público de pasajeros y taxis ocupados con pasajeros los días hábiles de 8 a 20 horas aprobado por Decreto N° 1.653-98 (B.O N° 526) hasta el 30 de abril del año 2000, en los siguientes tramos de arterias:

Av. Córdoba, entre Reconquista y Larrea.

Av. Pueyrredón; entre Av. Santa Fe y Bartolomé Mitre.

Av. Entre Ríos, entre Av. Belgrano y Av. Rivadavia.

Av. Callao, entre Av. Rivadavia y Av. Santa Fe.

Art. 2° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a las Cámaras que nuclea al transporte público de pasajeros, a las entidades pertenecientes al servicio de automóviles de alquiler con taxímetro, a la Secretaría de Transporte de la Nación y para su conocimiento y demás fines pase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y a la Dirección General de Tránsito, cumplido; archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1° Res. 947-SOYSP- 99 Mod. Art. 1° Dto. 1653-98. Prórroga de plazos. Sist. de Carriles Exclusivos